REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal SEGUNDO en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencias en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas 03 de noviembre de 2016
RESOLUCION
ASUNTO AP01-S-2016-008448
JUEZ: PABLO ELEAZAR SANCHEZ
FISCAL FLAGRANCIA: ALEJANDRA PINTO
VÍCTIMA: JENNYFER DEL CARMEN VILLAMIZAR
IMPUTADO: GUSTAVO ADOLFO MIERES SISO
DEFENSA PUBLICA Nº 11 EN COLABORACION CON LA (1°)ABG. DULCE PEÑALOZA
SECRETARIA ABG. ERIKA Y. SOLORZANO

este Tribunal Segundo de Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda que el presente procedimiento se siga por el previsto en el articulo 97 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por cuanto considera que existen Múltiples diligencia por practicar. SEGUNDO: acredita el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42.2 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ya que se observa que la victima presente en sala presenta sutura de dos puntos en la cara a nivel de la nariz entre las cejas TERCERO: Se acuerda las medidas de protección y seguridad, establecidas en el artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida libre de Violencia; 5º, 6º y 13º, asimismo remitir al imputado al Equipo Multidisciplinario a objeto de que sea orientado. En relación a la Medida cautelar establecida en el articulo 242 la numeral 3 y 8 acuerda presentaciones cada 15 días y presentar una 2 fiadores los cuales deben devengar dos sueldos mínimos. CUARTO: Se acuerda librar boleta de Encarcelación del ciudadano: GUSTAVO ADOLFO MIERES SISO, Cedula de identidad Nº V-20.803.341 hasta que presente los fiadores solicitados QUINTO: Remítase las actuaciones en su debida oportunidad a la Fiscalía 143º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas para que continúe con las investigaciones y se agregue a la causa, llevada por dicha Fiscalía, de conformidad con el artículo 131, 1 de la Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. SEXTO: Con la lectura y firma de la presente acta, las partes quedan debidamente notificadas de conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del artículo 67 de la Ley especial. SEPTIMO: Concluyó el acto, siendo las (3:20 pm). Terminó, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ

PABLO ELEAZAR SANCHEZ

SECRETARIA
ERIKA SOLORZANO