REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓNES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 27 de noviembre de 2016
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2012-020105

AUTO ORDEN DE APREHENSIÓN

Revisadas las presentes actas que conforman el expediente en la causa seguida contra el ciudadano EDGAR JOSE PEREZ GUTIERREZ, titular de la cedula de Identidad Nº V-3.770.810, en su condición de imputado, asunto identificado con el número de AP01-S-2012-020105 se pudo constatar que, se fijo audiencia preliminar a la que se contrae el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud del escrito acusatorio por la representación de la Fiscalía 128º Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.

Este Juzgado fijo mediante auto audiencia preliminar desde fecha 28-07-2015, en la causa seguida al ciudadano EDGAR JOSE PEREZ GUTIERREZ, titular de la cedula de Identidad Nº V-3.770.810, por la comisión de uno de los delito tipificado, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana B.C.M.J (Se omite identidad), siendo el mencionado acto diferido: 06-11-2015; 19-02-2016; 26-02-2016; 20-04-2016; 20-06-2016; 08-07-2016; 09-09-2016; 14-11-2016, Nota Secretarial 31-08-2016, todas ellas por incomparecencia del ciudadano imputado.

Articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela: 1. “Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial”…

Articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal “Ante la incomparecencia injustificada del imputado o imputada que este siendo juzgado o juzgada en libertad o bajo una medida cautelar sustitutiva de libertad, el juez o jueza de control, de oficio o a solicitud del Ministerio Público, librara la correspondiente orden de aprehensión a los fines de asegurar su comparecencia al acto”…

Del artículo precedentemente expuesto esta juzgadora vistas las reiteradas incomparecencias ante este juzgado donde tiene la responsabilidad la obligación de comparecer en virtud de la causa que se le sigue en su contra. En consecuencia se ordena librar orden de localización y búsqueda al Departamento de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines que una vez aprehendido el acusado antes identificado y sea puesto de inmediatamente a la orden de este Tribunal. Y ASÍ SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Control, Audiencias y Medidas de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Ordena Librar Orden de Localización y Búsqueda en contra del ciudadano EDGAR JOSE PEREZ GUTIERREZ, titular de la cedula de Identidad Nº V-3.770.810, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por cuanto existen fundados elementos de convicción para estimar que el ciudadano antes precitado no tiene la voluntad de cumplir con las obligaciones impuestas por este Juzgado, por la comisión de los delitos de Amenaza, Violencia Psicológica y Violencia física, previstos y sancionados en los articulo 39, 41 y segundo aparte del artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana B.C.M.J (Se omite identidad), En consecuencia se ordena librar orden de Localización, Búsqueda y Traslado al Departamento de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines que una vez aprehendido el acusado antes identificado y sea puesto de inmediatamente a la orden de este Tribunal.

LA JUEZA (E)

ABG. MARGARET QUIÑONES

LA SECRETARIA

ABG. ESTHER SUPELANO

En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABG. ESTHER SUPELANO

MQ/esr*-