REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
Años: 206º y 157º

ASUNTO: AP31-S-2016-007462


PARTE SOLICITANTE: ANA MARÍA BIANCONI QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.887.132, representada por el abogado Ennio Di Marcantonio V., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 15.869.


MOTIVO: RECTIFICACIÓN ACTA DE NACIMIENTO.


Se inician las presentes actuaciones a través de escrito presentado por el abogado Ennio Di Marcantonio V, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 15.869, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ANA MARIA BIANCONI QUINTERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-5.887.132, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, en fecha 22 de septiembre de 2016, mediante la cual solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia El Valle, Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, inserta bajo el N° 178, de fecha 28 de enero de 1960, alegando que en la misma, por error involuntario, se omitió el primer nombre de su madre, donde dice… y de su esposa “ANDREA QUINTERO de BIANCONI” debe decir … y de su esposa “MARIA ANDREA QUINTERO de BIANCONI”, este Tribunal pasa a dictar el siguiente pronunciamiento:

En fecha 27 de septiembre de 2016, el Tribunal mediante auto admitió la solicitud de conformidad con lo previsto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil; ordenándose emplazar mediante cartel, a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos con la rectificación peticionada, así como se acordó la debida notificación al Fiscal del Ministerio Público.

Por diligencia de fecha 17 de octubre de 2016, el abogado Ennio Di Marcantonio V, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.869, en su carácter de apoderado judicial de la solicitante, consignó cartel de emplazamiento, publicado en el diario Ultimas Noticias, asimismo, consignó los fotostatos necesarios, a los fines de notificar al Fiscal del Ministerio Público, quien quedó debidamente notificado en fecha 28 de octubre de 2016.

En fecha 07 de noviembre de 2016, compareció el abogado Juan Ángel, en su carácter de Fiscal Nonagésimo Quinto Provisorio del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, quien manifestó que no tiene nada que objetar en la presente solicitud.

A los efectos probatorios, se aportaron a las presentes actuaciones, las siguientes pruebas:

1.- Copia Certificada del Acta N° 178, del año 1970, expedida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia El Valle, Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador Distrito Capital, cuya rectificación es peticionada, y en la cual se hace constar el nacimiento, el día 26 de octubre de 1959, de una niña que lleva por nombre “ANA MARIA”, presentada por el ciudadano Vincenzo Bianconi Flora, quien se identifica como su padre y como su madre, la ciudadana Andrea Quintero de Bianconi.

2.- Copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana Ana María Bianconi Quintero, titular de la cédula de identidad número: V-5.887.132.

3.- Copia Certificada del Acta Nº 44, del año 1939, expedida por la Prefectura del Municipio Montalbán del Estado Carabobo, en la cual se hace constar el nacimiento, el día 10 de noviembre de 1938, de una niña que lleva por nombre “MARIA ANDREA”, presentada por el ciudadano Isaías Quintero, quien se identifica como su padre y como su madre, la ciudadana Berta Ortega.

4.- Copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana María Andrea Quintero de Bianconi, titular de la cédula de identidad número: V-3.247.382.

Por lo que probado como ha sido lo alegado y visto la omisión señalada por la solicitante, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de rectificación; ordena la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO consignada al efecto. Por consiguiente, donde dice: “...y de su esposa: “ANDREA QUINTERO DE BIANCONI...”, debe decir: “MARIA ANDREA QUINTERO de BIANCONI”; quedando así rectificada la PARTIDA DE NACIMIENTO, perteneciente a la ciudadana ANA MARÍA BIANCONI QUINTERO, signada con el N° 178, levantada por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia El Valle, Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Federal, de fecha 28 de enero de 1960. En virtud de lo cual se ordena remitir, copia certificada de la solicitud y de la presente decisión, mediante oficio tanto al Registrador Principal del Distrito Capital, así como a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.

Publíquese, Regístrese y Déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016).
LA JUEZ,


ABG. CARMEN J. GONCALVES PITTOL.
LA SECRETARIA,


ABG. WINEISKA DELGADO PARRA.

En el día de hoy, 28 de noviembre de 2016, siendo las 11:04 a.m., se registró y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA,


ABG. WINEISKA DELGADO PARRA.