REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 08 de Noviembre de 2016.-
206° y 157°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICAS y UNIVERSALES HEREDERAS, a favor de las ciudadanas MAGDALIS DEL CARMEN CARRASCO DE LEZAMA, JEGDALYS DEL PILAR LEZAMA CARRASCO, JOSMAR NORELYS LEZAMA CARRASCO Y JELYMAR GABRIELA LEZAMA CARRASCO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.708.566, V-13.686.470, V-14.323.925 y V-15.605.182, respectivamente, causahabientes del De-Cujus JOSE MANUEL LEZAMA, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-3.246.219, fallecido en fecha 02 de Septiembre de 2016, en el Municipio Libertador del Distrito Capital.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por las solicitantes los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR.

DR. RENAN JOSE GONZALEZ

EL SECRETARIO.

ABG. EDWARD COLMENARES.

EXP: AP31-S-2016-008249
KatherineMorillo.-*