REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 09 de Noviembre de 2016
206º y 157°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, a las ciudadanas ELSIE ROSETTA CHIURILLO GARCIA, ROSELIND KATHERIN PADRON CHIURILLO y KARLEN VANESSA PADRON CHIURILLO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.931.545, V- 20.253.037 y V- 22.607.939, respectivamente, causahabiente del De-Cujus JOSE SILVESTRE PADRON MENDOZA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 3.514.709, fallecido Ab-Intestato, en fecha 19 de Agosto de 2016, en La Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por las solicitantes los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ

EL SECRETARIO,

EDWARD COLMENARES.

AP31-S-2016-007626
RJG/EC/JP.