REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto (4°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (06) de octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO Nº: AP21-R-2016-00519

PARTE ACTORA: CARMEN ANDREINA AVENDAÑP TORO, venezolana, mayor de edad y portador de la cèdula de identidad No. 17.895.894.-

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIA SUAZO SUAREZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 63.410.-

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES FRANGANCE 1999, C.A. (PERFUMES FACTORI).-

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NOSLEN ENRIQUE TOVAR CAMEJO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 112.059.-
-.

MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 30 de mayo del dos mil (2016), dictado por el Juzgado Décimo Cuarto ( 14°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Recibido el presente expediente en fecha : (12) de julio de dos mil dos mil dieciséis (2016), pasa a resolver la presente causa en los términos que siguen; se observa que siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y publica pautada para la fecha (29) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), los abogados MARIA SUAZO SUAREZ y NOSLEN ENRIQUE TOVAR CAMEJO, ambos e inscritos en el Inpreabogado bajo los nùmeros 63.410 y 112.059 , respectivamente la primera en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y el segundo actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada debidamente acreditado en autos según consta de poderes que cursa en autos, así como de la facultad para desistir, solicitaron en la celebración de la audiencia oral y pública que desistían expresamente de las apelaciones formulada contra la decisión de fecha: 30 de mayo del dos mil dieciséis (2016), dictado por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, tal como consta manifestación realizada en audiencia la cual fue gravada por el departamento de audiovisual.

Ahora bien, verificado los extremos legales correspondientes, y observando que no se afecta el orden público, este Juzgado Superior, procede a impartir la homologación respectiva. Ordenándose la remisión del presente expediente al Juzgado correspondiente. Así se decide.

DISPOSITIVO

Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento de la apelación formulada por la parte actora y parte demandada antes identificadas en el juicio que por cobro de prestaciones sociales incoara la ciudadana CARMEN ANDREINA AVENDAÑP TORO, venezolana, mayor de edad y portador de la cédula de identidad No. 17.895.894 contra la empresa INVERSIONES FRANGANCE 1999, C.A. (PERFUMES FACTORI). No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los (06) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016). Años: 206° y 157° de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-
EL JUEZ,

CARLOS ACHIQUEZ
EL SECRETARIO,

ABG. ELVIS FLORES
NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.

EL SECRETARIO,

ABG. ELVIS FLORES