REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de Octubre de 2016.
206º y 157º

ASUNTO: AF46-U-1997-000018. SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 79/2016.-
ASUNTO ANTIGUO: 1.680.

Vista la diligencia de fecha seis (06) de Octubre de 2016, presentada por la ciudadana Nubia del C. Moreno Pérez, titular de la cédula de identidad Nº 3.961.691 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 71.439, actuando en su carácter de abogada sustituta del ciudadano Procurador General de la República por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicitó se fije el lapso para que la contribuyente, efectúe el cumplimiento voluntario; este Tribunal observa de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, que el Recurso Contencioso Tributario fue interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico ejercido en fecha quince (15) de Agosto de 1997, por el ciudadano Alí Francisco Gómez Chacón, titular de la cédula de identidad N° 1.254.383, actuando en su carácter de Presidente de la recurrente “GÓMEZ HERMANOS, C.A.”, inscrita en el Registro de Comercio que por Secretaría llevó el Jugado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 19 de fecha dieciocho (18) Febrero de 1973, y sus modificaciones inscritas ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha veintiséis (26) de Septiembre de 1977, bajo el Nº 28, Tomo 13-A; en fecha veinticinco (25) de Julio de 1978, bajo el Nº 34, Tomo 7-A; en fecha veinte (20) de Marzo de 1984, bajo el Nº 51, Tomo 1-A; en fecha veintiocho (28) de Diciembre de 1989, bajo el Nº 14, Tomo 69-A y por último en fecha veinte (20) de Agosto de 1986, bajo el Nº 20, Tomo 25-A; e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el Nº J-09000794-6; asistido por la ciudadana Maryan Karinna Durán Ramírez, titular de la cédula de identidad N° 11.493.215 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 58.913, contra la Resolución Nº HGJT-A-3097 de fecha veinticinco (25) de Junio de 1999, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del hoy Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró Inadmisible dicho Recurso Jerárquico ejercido contra las Resoluciones S/N Notificaciones Nos. 0500000614-0, 0500000897-6, 0500001111-0, 0500001192-6 y 0500001243-4, todas de fecha veintiuno (21) de Julio de 1997, correspondientes a los períodos de imposición Enero 1997, Febrero 1997, Marzo 1997, Abril 1997 y Mayo 1997 respectivamente, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del SENIAT, por la cantidad de Bs. 162.000,00 (Multa) cada una, equivalente actualmente a Bs. 162,00 c/u en virtud de la reconversión monetaria que entró en vigencia el primero (01) de Enero de 2008, según el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Reconversión Monetaria N° 5.229, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.638 del seis (06) de Marzo de 2007.
El mencionado Recurso fue declarado EXTINGUIDO POR DECAIMIENTO DEL INTERÉS PROCESAL, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 12/2015 dictada y publicada por este Tribunal en fecha veinticinco (25) de Febrero de 2015, y declarada definitivamente firme mediante auto de fecha siete (07) de Marzo de 2016.
Ahora bien, visto lo solicitado por la ciudadana Nubia del C. Moreno Pérez, ya identificada, este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario vigente, la ejecución voluntaria de la Sentencia Interlocutoria Nº 12/2015 dictada y publicada por este Tribunal en fecha veinticinco (25) de Febrero de 2015, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos, a la contribuyente “GOMEZ HERMANOS, C.A.”, siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión. Líbrese Boleta.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de Octubre del año dos mil dieciséis (2016). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.-
El Juez,


Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
La Secretaria,


Dorelys Dayarí Blanco Malavé.

GAFR/Dbm/bárbara.-