REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, diez (10) de octubre de dos mil dieciséis (2016) Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-X-2016-000109 (813)
Visto el fallo dictado por este despacho en fecha 21 de septiembre del año en curso, mediante el cual se declaró con lugar la inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el Dr. César Luís González, en su condición de Juez a cargo del Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada en el juicio por DESALOJO sigue el ciudadano GABRIEL IGNACIO MONTENEGRO POLEO contra sociedad mercantil NILOSWA SOLUCIONES, C.A., en consecuencia; este tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 23 de septiembre de 2016, hasta el día 06 de octubre de 2016 (ambas fechas inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular

Abg. María Elvira Reis.

Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 23 de septiembre de 2016, hasta el día 06 de octubre de 2016 (ambas fechas inclusive) transcurrieron DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: SEPTIEMBRE 2016: 23, 26, 27, 28, 29, 30 OCTUBRE 2016: 03, 04, 05 y 06. Caracas, diez (10) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.

La Secretaria Titular,

Abg. María Elvira Reis.

Expediente Nº AP71-X-2016-000109 (813)














REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, diez (10) de octubre de dos mil dieciséis (2016) Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-X-2016-000109 (813)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 21 de septiembre del año en curso, mediante el cual se declaró con lugar la inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el Dr. César Luís González, en su condición de Juez a cargo del Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada en el juicio por DESALOJO sigue el ciudadano GABRIEL IGNACIO MONTENEGRO POLEO contra sociedad mercantil NILOSWA SOLUCIONES, C.A., en consecuencia; este tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juez inhibido, Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular
Abg. María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio N° 2016-A-
La Secretaria Titular
Abg. María Elvira Reis.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, diez (10) de octubre de dos mil dieciséis (2016) Años 206º y 157º

Oficio N° 2016-A-
Ciudadano:
Dr. CÉSAR LUÍS GONZÁLEZ
Juez del Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el N° AP71-X-2016-000109 (813) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo de la inhibición planteada, en su condición de Juez a cargo del Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada en el juicio por DESALOJO sigue el ciudadano GABRIEL IGNACIO MONTENEGRO POLEO contra sociedad mercantil NILOSWA SOLUCIONES, C.A., constante de una (01) pieza de cuarenta y cinco (45) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha 21 de septiembre de 2016.-
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.

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