REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, decidiste (17) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Años 206º y 157º
A los fines de proveer la solicitud interpuesta por la abogada ISABEL PÈREZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 112.009, en su condición de apoderada judicial del ciudadano JESÙS SALVADOR HADDAD CASTAÑEDA , parte demandada en el presente juicio , mediante la cual recurre de hecho de conformidad con el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal acuerda practicar computo por secretaria de los días de despacho transcurridos desde el día cinco (05) de octubre de 2016, exclusive, fecha en la cual se negó el recurso de casación, hasta la presente fecha inclusive.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.

La Secretaria Titular,

Abg. Maria E. Reis T.
Exp. N° AP71-R-2016-000024 (707)



Quien suscribe María E. Reis T, Secretaria Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 05 de octubre de 2016, exclusive, hasta el día 14 de octubre de 2016, inclusive, transcurrieron CINCO (05) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: octubre 2016: 06, 10, 11, 13 y 14.Caracas, diecisiete (17) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Año: 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.


La Secretaria Titular,

Abg. María E. Reis T.
Exp. N° AP71-R-2016-000024 (707)


















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, decidiste (17) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Años 206º y 157º

Visto el computo y escrito suscrito en fecha diez (10) del corriente mes y año, por la abogada ISABEL PÈREZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 112.009, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JESÙS SALVADOR CASTAÑEDA, parte demandada en el presente juicio, mediante la cual Recurre de Hecho por ante el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, en virtud del auto dictado en fecha cinco (05) de octubre de 2016, que negó el recurso de casación e improcedente el recurso de nulidad, interpuesto contra la sentencia dictada en fecha veintiuno (21) de julio de 2016, que declaró Sin Lugar la apelación interpuesta por la mencionada representación judicial; este tribunal, acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena remitir las actas procesales que conforman el expediente al Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil. Librese el correspondiente oficio. -
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Titular,

Abg. Maria E. Reis T.

EXP. Nº AP71-R-2016-000024(707)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO Y DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-R-2016-000024 (707)
De la revisión minuciosa a las actas que conforman la presente causa, se pudo constatar que en la pieza Nº I, los folio 14 al 182, 184 al 462 (ambos inclusive), presentan tachaduras y asimismo, la pieza principal Nº II, los folios 109, 110, 153,154, 184 y 185 (ambos inclusive) presentan tachaduras. Igualmente, los folios 02 al 21, 37 y 38 del cuaderno de tacha incidental.
En consecuencia, se le impone a la secretaría de este Juzgado, salvar las enmendaduras de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA TITULAR,

Abg. MARÍA LVIRA REIS.
Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que las foliaturas enmendada o corregidas “VALEN”. Caracas, decidiste (17) de octubre del año dos mil dieciséis (2016). Año: 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.
La Secretaria Titular
María Elvira Reis.
Exp. Nº AP71-R-2016-000046 (709)


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA









EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, decidiste (17) de octubre de 2016
Años 206° y 157°

Oficio N° 2016-A-
Ciudadano
Presidente y Demás Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil
Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a esa Sala, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el N° AP71-R-2016-000024 (707), de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por DESALOJO que sigue la PARROQUIA INMACULADO CORAZÒN DE MARÌA DE EL ROSAL contra el ciudadano JESÙS SALVADOR HADDAD CASTEÑEDA, constante de dos (2); la primera de cuatrocientos sesenta y dos (462) folios útiles, la segunda de ciento ochenta y nueve (189) folios útiles y un cuaderno de tacha incidental, constante de ciento dos (102) folios útiles.

Remisión que se hace, en virtud del Recurso de Hecho ejercido por la abogada ISABEL PÈREZ ASCANIO ESTEVES contra el auto dictada por este Tribunal en fecha cinco (05) de octubre de 2016, que negó el recurso de Casación propuesto contra decisión de esta Alzada de fecha 27 de julio de 2016.
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ TITULAR,

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

Exp. N° AP71-R-2016-000024 (707)