ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-001528
PARTE ACTORA: DAVID GARCIA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: FABIOLA ALVAREZ.
PARTE DEMANDADA: PANADERIA Y ABASTO SAN BERNARDINO S.R.L.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA RINCON y MAURICIO ARANGO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Hoy, 4 de octubre de 2016, a las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano DAVID GARCIA, titular de la cédula de identidad número 4.774.115, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la abogada FABIOLA ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.596 y los abogados en ejercicio MARIA RINCON, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 105.826, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, la parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs. 100.510, por cada una de los conceptos reclamados, el cual es pagado en este mismo día, mediante cheque identificado bajo el Nº 13411555, librado contra la Entidad Financiera Banesco a favor del actor, David García, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado parte actora debidamente asistido por su abogado asistente, acepta la cantidad ofrecida manifestando no tener más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente y se acuerde sendas copias certificadas de la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo en la oportunidad de ley se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático.
Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez
Abg. Gloria García Guzmán
Parte actora y su abogado asistente
Apoderada de la demandada
El Secretario
Abg. Carlos Moreno
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