REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecinueve (19) octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º Y 157º

SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE N°: AP21-R-2015-000587

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PARTE ACTORA: MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ Y LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de identidad N° V-5.910.959 y V-6.200.251, respectivamente.

APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Abogados MARTIN ELÍAS RODRÍGUEZ HERRERA y CARLOS ROSALES, IPSA N° 121.909, 121.988.

PARTE DEMANDADA: DERIVADOS ELECTRONICOS C.A. Y RAFAEL THOMAS DEUTSCH HOLLO. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y el Estado Miranda bajo el N° 20, Tomo 38-A, en fecha 20 de noviembre de 1962 y el ciudadano RAFAEL THOMAS DEUTSCH HOLLO, titular de la cédula de identidad N° 6.105.588.


APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: abogado JHOSMIR ANTONIO ABREU, IPSA N° 247.757.

MOTIVO: Apelación interpuesta por la parte actora en contra la decisión de fecha 15 de junio, emanada del Juzgado Trigésimo Octavo (38°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

ANTECEDENTES:

En fecha 11 de febrero de 2016, el experto contable Luís Castellanos, consigno la experticia complementaria al fallo, seguidamente mediante diligencia de fecha 22 de febrero de 2016, el apoderado Judicial de la parte actora impugna la experticia mencionada, y posteriormente en fecha 24 de febrero de 2016 el apoderado Judicial de la parte codemandada consigno escrito de oposición a la impugnación realizada por la parte actora.

En fecha 24 de febrero de 2016, el Tribunal se pronunció sobre la oposición realizada por la parte codemandada.

En fecha 29 de febrero de 2016 el abogado WILDER MARQUEZ, antes identificado, apeló al auto de fecha 24-02-2016, dicha apelación fue tramitada en el recurso AP21-R-2016-248, declarándose sin lugar la misma.

Mediante acta de distribución de fecha 29 de febrero de 2016, se designaron como expertos contables a los ciudadanos Cosme Parra y Moisés Rondon, en fecha 29 de febrero de 2016.

En fecha 01 de marzo de 2016, se ordenan las notificaciones de los expertos contables Cosme Parra y Moisés Rondon y mediante acta de fecha 11 de marzo 2016 y 14 de marzo de 2016 respectivamente, fueron juramentados los expertos contables y por auto de fecha 30 de marzo de 2016, el Tribunal ejecutor fijo para el día 07 de abril del 2016, a las 10:30 a.m., la oportunidad de la reunión con los expertos, fijándose nueva oportunidad para el día 26 de abril de 2016 a las 11:30 a.m.

El día y la hora pautada se llevo a cabo la reunión con los expertos, fijándose nueva oportunidad para el día 16 de mayo de 2016 a las 11:30 a.m. realizándose el día fijado y posponiéndola para el día 31 de mayo de 2016 a las 11:30 a.m., el día fijado el Juzgado deja constancia que el fallo se publicará al 5to día hábil siguiente a esa fecha.

Finalmente en fecha 15 de junio de 2015, el Tribunal Trigésimo Octavo (38°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, dicto sentencia mediante la cual declaro “…PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el reclamo o impugnación interpuesto por la representación Judicial de la parte actora en contra de la experticia presentada por los dos expertos designados.

En fecha 21 de junio de 2016, el apoderado Judicial de la parte actora ejerció recurso de apelación contra la decisión arriba mencionada. Seguidamente en fecha 28 de junio 2016 el Tribunal oyó la apelación en ambos efectos y ordenó su posterior remisión al Juzgado Superior que corresponda previa distribución.

Mediante acta de distribución de fecha 07 de julio de 2016 le corresponde a esta Alzada el conocimiento del presente recurso de apelación, quien en fecha 12 de julio de 2016, lo dio por recibido y mediante auto de fecha 19 de julio de 2016, fijó la audiencia oral y pública para el 09 de agosto de 2016, a las 11:00 a.m., fecha en la cual se celebró el acto y el Tribunal otorgo dos (02) días para la consignación de la ampliación de la apelación, en fecha 10 de agosto de 2016, este Juzgado fijo para el día 21 de septiembre de 2016 a las 02:00 p.m., la oportunidad para dictar el dispositivo del fallo, el cual fue reprogramado mediante auto de fecha 21 de septiembre de 2016 para el día 11 de octubre de 2016 a las 09:00 a.m., asimismo, estando dentro de la oportunidad legal para exponer y fundamentar los hechos y el derecho del referido dispositivo, esta superioridad, pasa de seguida a motivar el presente fallo, bajo los siguientes términos:

FUNDAMENTACION DE LA PARTE RECURRENTE

La representación judicial de la parte actora recurrente, alega que el primer punto de apelación se basa en que los cálculos utilizados por los expertos no eran los indicados como primer punto de la impugnación ya que los cálculos no fueron realizados correctamente, por que el experto utilizo hasta el 07/10/2014, para el calculo de los intereses de mora, salarios caídos y pago del cesta tickets y no hasta el 07/12/2015, que era lo correcto, arguye que debió tomar como referencia la sentencia N° 1841, del año 2008 emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, donde establece que los intereses moratorios y la indexación o corrección debe correr -calcularse- hasta que la sentencia quede definitivamente firme, tal como lo indicó la sentencia ejecutoriada. Como segundo punto alegó que en virtud del tiempo es un factor determinante. Continuo indicando que leyó el análisis realizado al punto tercero de la sentencia apelada y el mismo es contradictorio, debida a que primero indica un recalculo, pero luego no realiza ningún recalculo, indica que no esta apelando a los cálculos aritméticos con los que cuantificaron los intereses moratorios, sino en relación al tiempo utilizado por los expertos. En cuanto a la compensación por transferencia expuso que el experto utilizo el tiempo señalado por este tribunal, desde que inicio hasta que termino y esto arrojo un monto de Bs.1970, para cada trabajador y el calculo realizado por los nuevos expertos en presencia del Juez dan Bs.1676, esto quiere decir que disminuyó el monto, en vez de aumentar por el tiempo estos disminuyeron. En relación a los intereses moratorios por salarios caídos y bono de alimentación, hay que verificar que hubo el recalculo del primer punto, al aumentar esto debió haber aumentado el monto condenado, eso no fue así disminuyo Bs.7000 por casa trabajadora, en los interés moratorios disminuyo y en lo que es la indexación varia, ya que al variar los montos, debió haber aumentado, resulta que en la corrección monetaria, los expertos que contribuyeron con el Juez desglosaron lo que fue la corrección monetaria de antigüedad y la corrección monetaria de los otros conceptos y sumandos dan menos que la utilizada por el primer experto, el primer experto en su cuadro resumen da Bs. 87.732,40 y en la suma de el desglose de los dos conceptos dio Bs 83.704 para María Asunción y Bs. 77.391 para la segunda, disminuyendo lo establecido por el primer experto.-

CONTROVERSIA

La presente controversia se circunscribe en revisar la experticia complementaria del fallo realizada por los segundos dos expertos conjuntamente con el Juez de SME y determinar si los conceptos condenados fueron calculados de acuerdo a los parámetros establecidos en la sentencia del Juzgado Superior Octavo, o si por el contrario los criterios producidos fueron correctos.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

De acuerdo a los puntos de cálculos y aspectos aritméticos precisados por la parte demandada recurrente este Tribunal pasa a detallar lo siguiente.

1.- intereses moratorios de las prestaciones sociales: con relación este punto tenemos que la parte actora apelante indico que los cálculos no fueron realizados correctamente, por que el experto los calculo hasta el 07/10/2014, para los conceptos de los intereses de mora, salarios caídos y pagos del cesta tickets y no hasta el 07/12/2015, que era lo correcto, ahora bien este Juzgado en aras de garantizar la cosa juzgada; -sentencia ejecutoriada- y de conformidad con lo establecido en la sentencia N° 1841, del año 2008 emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, pasa a calcular dichos montos de la siguiente forma:

MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ:

Intereses Moratorios de las prestaciones sociales desde la terminación de la relación de trabajo 07/10/2014 hasta la sentencia definitivamente firme (07/12/2015)
Período Días

Prestaciones sociales Tasa interés anual Interés anual Interés acumulado
Oct-14 23 126.215,56 18,39 1.482,93 1.482,93
Nov-14 30 126.215,56 19,27 2.026,81 3.509,74
Dic-14 30 126.215,56 19,17 2.016,29 5.526,03
Ene-15 30 126.215,56 18,70 1.966,86 7.492,89
Feb-15 30 126.215,56 18,76 1.973,17 9.466,06
Mar-15 30 126.215,56 18,87 1.984,74 11.450,80
Abr-15 30 126.215,56 19,51 2.052,05 13.502,86
May-15 30 126.215,56 19,46 2.046,80 15.549,65
Jun-15 30 126.215,56 19,68 2.069,94 17.619,59
Jul-15 30 126.215,56 19,83 2.085,71 19.705,30
Ago-15 30 126.215,56 20,37 2.142,51 21.847,81
Sep-15 30 126.215,56 20,89 2.197,20 24.045,01
Oct-15 30 126.215,56 21,35 2.245,59 26.290,60
Nov-15 30 126.215,56 21,39 2.249,79 28.540,39
Dic-15 7 126.215,56 21,03 516,12 29.056,50



























LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES:

Intereses Moratorios de las prestaciones sociales desde la terminación de la relación de trabajo 07/10/2014 hasta la sentencia definitivamente firme (07/12/2015)
Período Días

Prestaciones sociales Tasa interés anual Interés anual Interés acumulado
Oct-14 23 115.607,56 18,39 1.358,29 1.358,29
Nov-14 30 115.607,56 19,27 1.856,46 3.214,76
Dic-14 30 115.607,56 19,17 1.846,83 5.061,59
Ene-15 30 115.607,56 18,70 1.801,55 6.863,14
Feb-15 30 115.607,56 18,76 1.807,33 8.670,47
Mar-15 30 115.607,56 18,87 1.817,93 10.488,40
Abr-15 30 115.607,56 19,51 1.879,59 12.367,99
May-15 30 115.607,56 19,46 1.874,77 14.242,76
Jun-15 30 115.607,56 19,68 1.895,96 16.138,72
Jul-15 30 115.607,56 19,83 1.910,41 18.049,13
Ago-15 30 115.607,56 20,37 1.962,44 20.011,57
Sep-15 30 115.607,56 20,89 2.012,53 22.024,11
Oct-15 30 115.607,56 21,35 2.056,85 24.080,96
Nov-15 30 115.607,56 21,39 2.060,70 26.141,66
Dic-15 7 115.607,56 21,03 472,74 26.614,40


2- En cuanto al interés moratorio de los salarios caídos y beneficio de alimentación: este Tribunal pasa a calcularlos de la siguiente manera:

MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ:

Intereses Moratorios de los salarios caídos y beneficio de alimentación desde que se causaron hasta que la sentencia quedó firme (07/12/2015)
Período Días

Salarios caídos Beneficio de alimentación Total conceptos Acumulado Tasa interés anual Interés anual Interés acumulado
Feb-14 30 2.570,00 317,50 2.887,50 2.887,50 16,27 30,01 30,01
Mar-14 30 2.570,00 301,63 2.871,63 5.759,13 15,59 74,82 104,84
Abr-14 30 2.570,00 317,50 2.887,50 8.646,63 16,38 118,03 222,86
May-14 30 2.570,00 333,38 2.903,38 11.550,01 16,57 159,49 382,35
Jun-14 30 2.570,00 317,50 2.887,50 14.437,51 16,56 199,24 581,59
Jul-14 30 2.570,00 349,25 2.919,25 17.356,76 17,15 248,06 829,64
Ago-14 30 2.570,00 333,38 2.903,38 20.260,14 17,94 302,89 1.132,53
Sep-14 30 2.570,00 349,25 2.919,25 23.179,39 17,76 343,05 1.475,59
Oct-14 30 2.570,00 365,13 2.935,13 26.114,52 18,39 400,21 1.875,79
Nov-14 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 19,27 419,36 2.295,15
Dic-14 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 19,17 417,18 2.712,33
Ene-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 18,70 406,95 3.119,28
Feb-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 18,76 408,26 3.527,54
Mar-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 18,87 410,65 3.938,19
Abr-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 19,51 424,58 4.362,76
May-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 19,46 423,49 4.786,26
Jun-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 19,68 428,28 5.214,53
Jul-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 19,83 431,54 5.646,08
Ago-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 20,37 443,29 6.089,37
Sep-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 20,89 454,61 6.543,98
Oct-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 21,35 464,62 7.008,60
Nov-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 21,39 465,49 7.474,09
Dic-15 30 0,00 0,00 0,00 26.114,52 21,03 106,79 7.580,88


LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES:
Intereses Moratorios de los salarios caídos y beneficio de alimentación desde que se causaron hasta que la sentencia quedó firme (07/12/2015)
Período Días

Salarios caídos Beneficio de alimentación Total conceptos Acumulado Tasa interés anual Interés anual Interés acumulado
Feb-14 30 2.354,00 317,50 2.671,50 2.671,50 16,27 27,77 27,77
Mar-14 30 2.354,00 301,63 2.655,63 5.327,13 15,59 69,21 96,98
Abr-14 30 2.354,00 317,50 2.671,50 7.998,63 16,38 109,18 206,16
May-14 30 2.354,00 333,38 2.687,38 10.686,01 16,57 147,56 353,72
Jun-14 30 2.354,00 317,50 2.671,50 13.357,51 16,56 184,33 538,05
Jul-14 30 2.354,00 349,25 2.703,25 16.060,76 17,15 229,54 767,58
Ago-14 30 2.354,00 333,38 2.687,38 18.748,14 17,94 280,28 1.047,87
Sep-14 30 2.354,00 349,25 2.703,25 21.451,39 17,76 317,48 1.365,35
Oct-14 30 2.354,00 365,13 2.719,13 24.170,52 18,39 370,41 1.735,76
Nov-14 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 19,27 388,14 2.123,90
Dic-14 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 19,17 386,12 2.510,02
Ene-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 18,70 376,66 2.886,68
Feb-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 18,76 377,87 3.264,55
Mar-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 18,87 380,08 3.644,63
Abr-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 19,51 392,97 4.037,60
May-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 19,46 391,97 4.429,57
Jun-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 19,68 396,40 4.825,96
Jul-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 19,83 399,42 5.225,38
Ago-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 20,37 410,29 5.635,68
Sep-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 20,89 420,77 6.056,44
Oct-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 21,35 430,03 6.486,48
Nov-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 21,39 430,84 6.917,32
Dic-15 30 0,00 0,00 0,00 24.170,52 21,03 98,84 7.016,15


3- Otros conceptos:

MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ:

Otros Conceptos 1.- Vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado 3.426,67
2.- Utilidades 15.420,00
18.846,67






INTERESES MORATORIOS DE LOS OTROS CONCEPTOS (DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA 20/11/201 HASTA LA SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME 07/12/2015):

Período Días

Otros conceptos Tasa interés anual Interés anual Interés acumulado
Nov-14 30 18.846,67 19,27 302,65 302,65
Dic-14 30 18.846,67 19,17 301,08 603,72
Ene-15 30 18.846,67 18,70 293,69 897,42
Feb-15 30 18.846,67 18,76 294,64 1.192,05
Mar-15 30 18.846,67 18,87 296,36 1.488,42
Abr-15 30 18.846,67 19,51 306,42 1.794,83
May-15 30 18.846,67 19,46 305,63 2.100,46
Jun-15 30 18.846,67 19,68 309,09 2.409,55
Jul-15 30 18.846,67 19,83 311,44 2.720,99
Ago-15 30 18.846,67 20,37 319,92 3.040,91
Sep-15 30 18.846,67 20,89 328,09 3.369,00
Oct-15 30 18.846,67 21,35 335,31 3.704,31
Nov-15 30 18.846,67 21,39 335,94 4.040,25
Dic-15 30 18.846,67 21,03 330,29 4.370,54


LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES:

Otros Conceptos 1.- Vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado 3.923,33
2.- Utilidades 14.124,00
18.047,33


INTERESES MORATORIOS DE LOS OTROS CONCEPTOS (DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA 20/11/201 HASTA LA SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME 07/12/2015):

Período Días

Otros conceptos Tasa interés anual Interés anual Interés acumulado
Nov-14 30 18.047,33 19,27 289,81 289,81
Dic-14 30 18.047,33 19,17 288,31 578,12
Ene-15 30 18.047,33 18,70 281,24 859,35
Feb-15 30 18.047,33 18,76 282,14 1.141,49
Mar-15 30 18.047,33 18,87 283,79 1.425,29
Abr-15 30 18.047,33 19,51 293,42 1.718,71
May-15 30 18.047,33 19,46 292,67 2.011,37
Jun-15 30 18.047,33 19,68 295,98 2.307,35
Jul-15 30 18.047,33 19,83 298,23 2.605,58
Ago-15 30 18.047,33 20,37 306,35 2.911,94
Sep-15 30 18.047,33 20,89 314,17 3.226,11
Oct-15 30 18.047,33 21,35 321,09 3.547,20
Nov-15 30 18.047,33 21,39 321,69 3.868,90
Dic-15 30 18.047,33 21,03 316,28 4.185,18

4- En cuanto a la corrección monetaria:

MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ:

Corrección Monetaria Prestaciones sociales - María González
Concepto Capital a indexar Indexación del mes
Mes Índice Inicial Índice Final Real Factor de ajuste días del mes Descontar Días neto
Oct-14 725,4 761,8 0,05018 0,03885 31 7 24 126.215,65 4.903,28
Nov-14 761,8 797,3 0,04660 0,04660 30 0 30 131.118,93 6.110,16
Dic-14 797,3 839,5 0,05293 0,03073 31 13 18 137.229,09 4.217,43
Ene-15 839,5 904,8 0,07778 0,06273 31 6 25 141.446,52 8.872,85
Feb-15 904,8 949,1 0,04896 0,04896 28 0 28 150.319,37 7.359,80
Mar-15 949,1 1.000,2 0,05384 0,05384 31 0 31 157.679,17 8.489,52
Abr-15 1.000,2 1.063,8 0,06359 0,06359 30 0 30 166.168,69 10.566,22
May-15 1.063,8 1.148,8 0,07990 0,07990 31 0 31 176.734,91 14.121,51
Jun-15 1.148,8 1.261,6 0,09819 0,09819 30 0 30 190.856,42 18.740,08
Jul-15 1.261,6 1.397,5 0,10772 0,10772 31 0 31 209.596,50 22.577,81
Ago-15 1.397,5 1.570,8 0,12401 0,06400 31 15 16 232.174,31 14.860,01
Sep-15 1.570,8 1.752,1 0,11542 0,05771 30 15 15 247.034,32 14.256,21
Oct-15 1.752,1 1.951,3 0,11369 0,11369 31 0 31 261.290,54 29.706,68
Nov-15 1.951,3 2.168,5 0,11131 0,11131 30 0 30 290.997,22 32.391,02
Dic-15 2.168,5 2.357,9 0,08734 0,05071 31 13 18 323.388,24 16.400,44
Corrección Monetaria 16.400,44

LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES:

Corrección Monetaria Prestaciones sociales - Lucas Rosas
Fecha terminación de la relación de trabajo 07/10/2014
Concepto Capital a indexar Indexación del mes
Mes Índice Inicial Índice Final Real Factor de ajuste días del mes Descontar Días neto
Oct-14 725,4 761,8 0,05018 0,03885 31 7 24 115.607,56 4.491,17
Nov-14 761,8 797,3 0,04660 0,04660 30 0 30 120.098,73 5.596,62
Dic-14 797,3 839,5 0,05293 0,03073 31 13 18 125.695,35 3.862,96
Ene-15 839,5 904,8 0,07778 0,06273 31 6 25 129.558,32 8.127,11
Feb-15 904,8 949,1 0,04896 0,04896 28 0 28 137.685,42 6.741,23
Mar-15 949,1 1.000,2 0,05384 0,05384 31 0 31 144.426,65 7.776,00
Abr-15 1.000,2 1.063,8 0,06359 0,06359 30 0 30 152.202,65 9.678,15
May-15 1.063,8 1.148,8 0,07990 0,07990 31 0 31 161.880,81 12.934,64
Jun-15 1.148,8 1.261,6 0,09819 0,09819 30 0 30 174.815,45 17.165,03
Jul-15 1.261,6 1.397,5 0,10772 0,10772 31 0 31 191.980,47 20.680,20
Ago-15 1.397,5 1.570,8 0,12401 0,06400 31 15 16 212.660,68 13.611,07
Sep-15 1.570,8 1.752,1 0,11542 0,05771 30 15 15 226.271,75 13.058,02
Oct-15 1.752,1 1.951,3 0,11369 0,11369 31 0 31 239.329,76 27.209,91
Nov-15 1.951,3 2.168,5 0,11131 0,11131 30 0 30 266.539,68 29.668,64
Dic-15 2.168,5 2.357,9 0,08734 0,05071 31 13 18 296.208,32 15.022,03
Corrección Monetaria 15.022,03

5-Corrección monetaria otros conceptos:

MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ:


Corrección Monetaria otros conceptos – María González (desde la notificación 20/11/2014 hasta sentencia firme 07/12/2015 )
Otros conceptos 1 Vacaciones y bono vac. Fraccionado 3.426,67
(solo para el cálculo de la corrección) 2 Utilidades fraccionadas 15.420,00
3 Salarios caídos 23.130,00
4 Beneficio alimentación 2.984,50
5 Compensación por transferencia 200,00
6 Indemnización por antigüedad 320,00
45.481,17

Corrección Monetaria Otros Conceptos - Lucas Rosas

Concepto Capital a indexar Indexación del mes
Mes Índice Inicial Índice Final Real Factor de ajuste días del mes Descontar Días neto
Nov-14 761,8 797,3 0,04660 0,01553 30 20 10 45.481,17 706,48
Dic-14 797,3 839,5 0,05293 0,03073 31 13 18 46.187,65 1.419,47
Ene-15 839,5 904,8 0,07778 0,06273 31 6 25 47.607,12 2.986,36
Feb-15 904,8 949,1 0,04896 0,04896 28 0 28 50.593,48 2.477,11
Mar-15 949,1 1.000,2 0,05384 0,05384 31 0 31 53.070,60 2.857,35
Abr-15 1.000,2 1.063,8 0,06359 0,06359 30 0 30 55.927,94 3.556,31
May-15 1.063,8 1.148,8 0,07990 0,07990 31 0 31 59.484,25 4.752,92
Jun-15 1.148,8 1.261,6 0,09819 0,09819 30 0 30 64.237,17 6.307,41
Jul-15 1.261,6 1.397,5 0,10772 0,10772 31 0 31 70.544,58 7.599,09
Ago-15 1.397,5 1.570,8 0,12401 0,06400 31 15 16 78.143,67 5.001,48
Sep-15 1.570,8 1.752,1 0,11542 0,05771 30 15 15 83.145,15 4.798,26
Oct-15 1.752,1 1.951,3 0,11369 0,11369 31 0 31 87.943,42 9.998,48
Nov-15 1.951,3 2.168,5 0,11131 0,11131 30 0 30 97.941,89 10.901,95
Dic-15 2.168,5 2.357,9 0,08734 0,01972 31 24 7 108.843,84 2.146,65
Corrección Monetaria 65.509,32


LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES:

Corrección Monetaria otros conceptos - Lucas Rosas (desde la notificación 20/11/2014 hasta sentencia firme 07/12/2015 )
Otros conceptos 1 Vacaciones y bono vac. Fraccionado 14.124,00
(solo para el cálculo de la corrección) 2 Utilidades fraccionadas 3.923,33
3 Salarios caídos 21.186,00
4 Beneficio alimentación 2.984,50
5 Compensación por transferencia 200,00
6 Indemnización por antigüedad 320,00
42.737,83


Corrección Monetaria Otros Conceptos - Lucas Rosas

Concepto Capital a indexar Indexación del mes
Mes Índice Inicial Índice Final Real Factor de ajuste días del mes Descontar Días neto
Nov-14 761,8 797,3 0,04660 0,01553 30 20 10 42.737,83 663,86
Dic-14 797,3 839,5 0,05293 0,03073 31 13 18 43.401,69 1.333,85
Ene-15 839,5 904,8 0,07778 0,06273 31 6 25 44.735,55 2.806,23
Feb-15 904,8 949,1 0,04896 0,04896 28 0 28 47.541,78 2.327,70
Mar-15 949,1 1.000,2 0,05384 0,05384 31 0 31 49.869,48 2.685,00
Abr-15 1.000,2 1.063,8 0,06359 0,06359 30 0 30 52.554,47 3.341,80
May-15 1.063,8 1.148,8 0,07990 0,07990 31 0 31 55.896,27 4.466,24
Jun-15 1.148,8 1.261,6 0,09819 0,09819 30 0 30 60.362,51 5.926,96
Jul-15 1.261,6 1.397,5 0,10772 0,10772 31 0 31 66.289,47 7.140,72
Ago-15 1.397,5 1.570,8 0,12401 0,06400 31 15 16 73.430,19 4.699,80
Sep-15 1.570,8 1.752,1 0,11542 0,05771 30 15 15 78.129,99 4.508,84
Oct-15 1.752,1 1.951,3 0,11369 0,11369 31 0 31 82.638,83 9.395,39
Nov-15 1.951,3 2.168,5 0,11131 0,11131 30 0 30 92.034,22 10.244,37
Dic-15 2.168,5 2.357,9 0,08734 0,01972 31 24 7 102.278,58 2.017,17
Corrección Monetaria 61.557,92

6- Cuadro Resumen:

MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ:

Cuadro Resumen María González
Concepto Monto
1 Prestaciones sociales 126.215,56
2 Vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado 3.426,67
3 Utilidades 15.420,00
4 Salarios caídos 23.130,00
5 Cesta ticket 2.984,50
6 Compensación por transferencia 200,00
7 Indemnización por antigüedad 320,00
8 Sub Total 171.696,73

9 Intereses sobre salarios caídos y cesta ticket 7.580,88
10 Intereses moratorios sobre los otros conceptos 4.370,54
11 Intereses moratorios sobre las prestaciones sociales 29.056,50
12 Indexación monetaria de las prestaciones sociales 16.400,44
13 Indexación monetaria de los otros conceptos 65.509,32
294.614,42

LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES:

Cuadro Resumen Lucas Rosas
Concepto Monto
1 Prestaciones sociales 115.607,56
2 Vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado 3.923,33
3 Utilidades 14.124,00
4 Salarios caidos 21.186,00
5 Cesta ticket 2.984,50
6 Compensación por transferencia 200,00
7 Indemnización por antigüedad 320,00
8 Sub Total 158.345,39

9 Intereses sobre sobre salarios caídos y cesta ticket 7.016,15
10 Intereses moratorios sobre los otros conceptos 4.185,18
11 Intereses moratorios sobre las prestaciones sociales 26.614,40
12 Indexación monetaria de las prestaciones sociales 15.022,03
13 Indexación monetaria de los otros conceptos 61.557,92
272.741,07

Por lo antes expuesto quien decide observa que efectivamente hubo cálculos de la experticia complementaria del fallo que no se corresponden con los parámetros indicados en la sentencia a ejecutar, los cuales fueron corregidos por este Tribunal arrojando un total en el caso de la ciudadano MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ de DOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CATORVE BOLÍVARES CON CUADRENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.294.614,42), y para la ciudadana LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETENCIENTOS CUARENTA Y UN BOLÍVARES CON SIETE CENTIMOS (Bs.272.741,07) Así se decide.-


DISPOSITIVO

Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la actora en contra la decisión de fecha 15 de junio de 2016, emanada del Juzgado Trigésimo Octavo (38°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se revoca el fallo apelado. TERCERO: Se condenan los montos estimados para los ciudadanos MARÍA ASUNCIÓN GONZÁLEZ LÓPEZ Y LUCAS EVANGELISTA ROSAS OLLARVES especificados en la parte motiva de la presente decisión. CUARTO: La demandada deberá cancelar a los expertos contables las sumas de BS. 22.260,00 para el LIC. LUIS CASTELLANO, y para los Licenciados COSME PARRA la suma de Bs. 26.712,00 y para el Lic. MOISES RONDON, la cantidad de Bs. 26.712,00. QUINTO: No hay condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO OCTAVO SUPERIORDEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En la ciudad de Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.

LA JUEZA,

Abg. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ.


EL SECRETARIO

Abg. RICHARD ALVARADO


En la misma, previo el cumplimiento de las formalidades de ley, se dicto, diarizó y público la anterior decisión.-
EL SECRETARIO

Abg. RICHARD ALVARADO