REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintiocho de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: AP31-S-2016-006404
Vista la diligencia de fecha 26 de octubre de 2016, presentada por la abogada MARIA ISABEL MITE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 82.264, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte interesada, mediante la cual ratificó su diligencia de fecha 26/09/2016, en la cual consignó cartas emitidas por la Dirección de Catastro de la Alcaldía de Sucre, de fechas 23/06/2016, 07/07/2016 y 21/07/2016, respectivamente; con las cuales no se evidencia que se haya cumplido con el procedimiento establecido en la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, razón por la cual no dio cumplimiento a lo peticionado por éste juzgado en fecha 01/08/2016; visto que se evidencia que no existe tal permiso para la construcción de las estructuras objeto de la solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria presentada por la ciudadana LUIGINA CURZI DE CICHETTI, de nacionalidad italiana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-921.935.
Por lo antes expuesto, éste tribunal se ve forzado a negar como en efecto niega la declaración de TITULO SUFICIENTE, solicitada por la ciudadana antes mencionada, y así se decide.
EL JUEZ,

NELSON GUTIERREZ CORNEJO
EL SECRETARIO,


RHAZES I. GUANCHE M.

NGC/RIGM/Moya.-