REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, seis (6) de octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO: AP31-S-2016-007693

Revisadas como han sido las actas que conforman la presente solicitud de Título Supletorio y los recaudos anexos, presentados por la ciudadana MARTHA LUCIA NIÑO RIVERA, colombiana, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad Nº E-83.034.737, asistida la abogada Yasmín Córdoba Barrios, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.623, a través del cual solicita se le otorgue título de propiedad sobre unas bienhechurías construidas en un terreno de propiedad privada de la ciudadana JOSEFA MANUELA MARCANO, constituidas e identificadas por un inmueble ubicado en la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, barrio Buenos Aires, Av. Guzmán Blanco con calle 17 de diciembre, casa Nº 3, según se desprende de documento ubicado en el Registro Principal del Municipio Libertador bajo el Nº 258, Tomo 3, Protocolo 1º de fecha 4to Trimestre de 1920, el Tribunal efectúa las siguientes consideraciones: :
La solicitud de Título supletorio fue acompañada con copia simple de documento compra-venta notariado ante la Notaria Pública Décima Quinta del Municipio Libertador, el día 12 de mayo de 2010, inserto bajo el Nº 48, Tomo: 68 de los libros llevados en dicha notaria, a nombre de la solicitante, constancia de residencia, mapa de ubicación, Oficio emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía de Caracas y copia de la Cédula de Identidad, sobre las bienhechurías constituida por una casa distinguida con el Nº 3 para vivienda conformada por una planta baja y la planta alta.
Se desprende de las documentales referidas con inmediata anterioridad, los siguientes hechos: I) Existe documento de propiedad debidamente notariado del inmueble constituido por la casa construida sobre terrenos propiedad Privada, ubicada en el Barrio Buenos Aires cot 905, casa sin número Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital II) la referida casa le pertenece a la ciudadana MARTHA LUCIA NIÑO RIVERA, ya identificada, por cuanto existe documento público debidamente notariado; por lo tanto mal podría otorgarse nuevamente Título de propiedad sobre las bienhechurías Y así se considera.-
En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia NIEGA la solicitud de título supletorio de (propiedad) presentada por la mencionada solicitante supra identificada Y así se decide.-
LA JUEZ TITULAR


ABG. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

LA SECRETARIA ACC.


JUAN CARLOS CARVAJAL