REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 06-10-2016
206° y 157°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos PETRA JOSEFINA CARABALLO DE CARRION, YOLEISY CAROLINA CARRION CARABALLO Y ALEXANDER JOSE CARRION CARABALLO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.888.435 V-19.272.788 y V-18.324.091 respectivamente, causahabientes del de De-Cujus FREDDY JOSE CARRION quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-9.455.743, fallecido en fecha 28 de Marzo 2016, Municipio Libertador Distrito Capital.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ


DRA. ENEIDA TORREALBA
LA SECRETARIA ACC.


MAHOLY G. CHACON P.
EXP: AP31-S-2016-003374
KATHERINE