REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de Septiembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º


Nº. DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003032


Vista la diligencia presentada en fecha, veintitrés (23) de septiembre por ante la Unidad de Recepción y distribución de Documentos de este circuito judicial Laboral por la abogada ROSA QUINTERO, IPSA Nº 53.350, apoderada judicial de la parte actora en el Asunto AP21-l-2015-003032, demanda incoada contra la Empresa: CERVECERIA POLAR C.A., por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, en la cual desiste del procedimiento. Ahora bien, En virtud que la representante Judicial de la parte actora, desiste del procedimiento este juzgado procede a HOMOLOGAR el mismo, en los términos expuestos según lo establecido en los artículos 11 y 130 parágrafo primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 263 del Código de Procedimiento Civil, asimismo se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente y su Cierre Informático Así se decide.


DIOS Y FEDERACIÓN


El Juez
La Secretaria

Abg. Gabriel Rincones
Abg. Corina Guerra