REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 28 de Septiembre de 2016.
206º y 157º

ASUNTO: AP41-U-2014-000159. SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 56/2016.-
Vista la diligencia de fecha veintidós (22) de Septiembre de 2016, presentada por la ciudadana Adda Almanzar, titular de la cédula de identidad Nº 11.032.807 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 68.313, actuando en su carácter de abogada sustituta del ciudadano Procurador General de la República por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicitó se ordenase a la contribuyente, proceda al cumplimiento voluntario de la sentencia recaída en la presente causa; este Tribunal observa de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, que el Recurso Contencioso Tributario fue interpuesto en fecha dos (02) de Mayo de 2014, por el ciudadano Pedro Gerardo Rengifo Martínez, titular de la cédula de identidad Nº 5.331.244, actuando en nombre propio, en su condición de coheredero y en representación de la contribuyente “SUCESIÓN ANA ESTHER MARTÍNEZ”, asistido por la ciudadana María Coronel, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 31.795, contra la Planilla Para Pagar Forma 009-32, Nº 00307398, número de notificación 1029000083, número de liquidación 021001233000083, de fecha de liquidación veintisiete (27) de Abril de 2011, emanada de la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos del SENIAT, emitida en concepto de Multa, por un monto de Bs. 111.521,64.
El mencionado Recurso fue declarado INADMISIBLE, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 146/2014 dictada y publicada por este Tribunal en fecha veintiocho (28) de Noviembre de 2014, y declarada definitivamente firme mediante auto de fecha seis (06) de Marzo de 2015.
Ahora bien, visto lo solicitado por la ciudadana Adda Almanzar, ya identificada, este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario vigente, la ejecución voluntaria de la Sentencia Interlocutoria Nº 146/2014 dictada y publicada por este Tribunal en fecha veintiocho (28) de Noviembre de 2014, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos, a la contribuyente “SUCESIÓN ANA ESTHER MARTÍNEZ”, siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión. Líbrese Boleta.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de Septiembre del año dos mil dieciséis (2016). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.-
El Juez,



Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
La Secretaria,



Dorelys Dayarí Blanco Malavé.

GAFR/Ddbm/ecz.-