REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) Años 206º y 157º
Expediente Nº AC71-X-2016-000043 (801)
Visto el fallo dictado por este despacho en fecha dos (02) de agosto del año en curso, mediante el cual se declara con lugar con fundamento en el numeral 12° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el Dr. ARTURO MARTÍNEZ JIMÉNEZ, en su condición de Juez a cargo del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguen los ciudadanos EDGAR ALFONZO RAMÍREZ CARDENAS y MARÍA TRINIDAD de EGAÑEZ contra los ciudadanos NAIDU THAIS ARASME RAMÍREZ y NORMA ANTONIO ARASME RAMÍREZ; en consecuencia, este tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 03 de agosto de 2016, hasta el día 20 de septiembre de 2016 (ambas fechas inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Acc,
Vanessa De Gouveia.
Quien suscribe, Vanessa De Gouveia, Secretaria Acc, del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 03 de agosto de 2016, hasta el día 20 de septiembre de 2016 (ambas fechas inclusive) transcurrieron DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: agosto 2016: 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12; septiembre 2016: 19 y 20. Caracas, veintiuno (21) de septiembre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.
La Secretaria Acc,
Vanessa De Gouveia.
Expediente Nº AC71-X-2016-000043 (801)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) Años 206º y 157º
Expediente Nº AC71-X-2016-000043 (801)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 02 de agosto del año en curso, mediante el cual se declara con lugar con fundamento en el numeral 12° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el Dr. ARTURO MARTÍNEZ JIMÉNEZ, en su condición de Juez a cargo del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguen los ciudadanos EDGAR ALFONZO RAMÍREZ CARDENAS y MARÍA TRINIDAD de EGAÑEZ contra los ciudadanos NAIDU THAIS ARASME RAMÍREZ y NORMA ANTONIO ARASME RAMÍREZ; en consecuencia, este tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juez inhibido, Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Acc,
Vanessa De Gouveia
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio N° 2016-A-
La Secretaria Acc,
Vanessa De Gouveia
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) Años 206º y 157º
Oficio N° 2016-A-
Ciudadana:
Dr. ARTURO MARTÍNEZ JIMÉNEZ
Juez del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el N° AC71-X-2016-000043 (801) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo de la inhibición planteada, en su condición de Juez Titular a cargo del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la inhibición planteada en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguen los ciudadanos EDGAR ALFONZO RAMÍREZ CARDENAS y MARÍA TRINIDAD de EGAÑEZ contra los ciudadanos NAIDU THAIS ARASME RAMÍREZ y NORMA ANTONIO ARASME RAMÍREZ constante de una (01) pieza de veinticinco (25) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha 02 de agosto de 2016.-
Dios y Federación.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.