REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 20 de septiembre de 2016.-
206° y 157°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA, a favor a la ciudadana MAGALY JOSEFINA FLORES DE D´LACOSTE, venezolana, estado civil casada, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº. V-3.659.209, causahabiente del De-Cujus WILLIAM JOSE D´LACOSTE CEDEÑO, quien en vida fue venezolano de estado civil casado, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.255.794, fallecido en fecha 15 de Diciembre del año 2015, en la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador, Estado Distrito Capital.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostátos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ.

EL SECRETARIO,

ABG. EDWARD COLMENARES.

EXP. AP31-S-2016-004250
RJG/EAC/EYB.-