REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DECIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA
DE CARACAS
Años: 206º y 157º
Exp. Nº AP31-S-2016-007239
SOLICITANTE (S): Ciudadana DAMELIS LUCIA MENDEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.306.131, debidamente asistida por el abogado LEONIDAS QUINTERO MORON, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 13.772.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Como hechos constitutivos de la pretensión procesal sometida a la consideración de este Tribunal, afirma la parte solicitante, entre otras cosas lo siguiente:
Se inicia el presente procedimiento mediante escrito de solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentado por la ciudadana DAMELIS LUCIA MENDEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.306.131, debidamente asistida por el abogado LEONIDAS QUINTERO MORON, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 13.772, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual expone que como consta en Acta de Defunción Nº 1186, Folio Nº 186, Tomo: 5, correspondiente al año 2015, expedida por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral de La Parroquia el Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 26 de Agosto de 2015, falleció MARCOS ALI PEREZ ZAFRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.526.494, quien dejó esposa y tres hijos; su cónyuge ciudadana DAMELIS LUCIA MENDEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.306.131, y sus hijos, ciudadanos MARCOS ALEXANDER PEREZ MENDEZ, MAIKELL DAVID PEREZ MENDEZ y DAMARIS ALEXANDRA PEREZ MENDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.046.669, V-19.557.142 y V-19.557.141, respectivamente, solicita se declare Únicos y Universales Herederos a su esposa e hijos, ciudadanos DAMELIS LUCIA MENDEZ DE PEREZ, MARCOS ALEXANDER PEREZ MENDEZ, MAIKELL DAVID PEREZ MENDEZ y DAMARIS ALEXANDRA PEREZ MENDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.306.131, V-14.046.669, V-19.557.142 y V-19.557.141, respectivamente.
Revisadas exhaustivamente las actuaciones que conforman el presente expediente, se evidencia, que al folio cinco (5), corre inserto copia certificada del acta de matrimonio ciudadana DAMELIS LUCIA MENDEZ DE PEREZ, donde se le identifica como DANELIS, siendo lo correcto, DAMELIS, por otra parte, al vuelto del folio siete (7) corre inserta copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano MARCOS ALEXANDER PEREZ MENDEZ, donde se evidencia que no se identificó a su padre, ciudadano MARCOS ALI PEREZ ZAFRA, en virtud de estas incongruencias, es por lo que este Tribunal Niega la admisión de la presente solicitud y así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 28 días del mes de Septiembre de 2016. Años: 206º y 157°.
LA JUEZ TITULAR
DRA. LORELIS SÁNCHEZ
EL SECRETARIO
ABG. FERMIN MONSALVE
En la misma fecha, siendo las 2:00 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO
ABG. FERMIN MONSALVE
Exp. Nº AP31-S-2016-007239
LS/FM/Ac
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