JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 26 de Abril de 2017.
207° y 158°

Vista la diligencia, suscrita por el ciudadano JORGE ISALI, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.690, en el cual consigna copia certificada de la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que decidió:

“…PRIMERO: Se declara procedente el presente Recurso de Hecho, interpuesto por la abogada Noemí Vivas Da Silva, quien funge como apoderada judicial de los ciudadanos Firyaal Rahbe de Bali y Jorge Bali, en contra del auto de fecha 27 de septiembre de 2016 dictado por el Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual negó oír la apelación interpuesta el 19 de septiembre de 2016 contra la resolución de fecha 12 de agosto de 2016, que no homologó la transacción suscrita por las partes, en el juicio que por DESALOJO siguen los ciudadanos Firyaal Rahbe de Bali y Jorge Bali, contra el ciudadano Jacques Akouri Imbaid;
SEGUNDO: Se Revoca el auto de fecha 27 de septiembre de 2016 dictado por el Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en lo alusivo al pronunciamiento que niega el recurso de apelación ejercida por la abogada Noemí Vivas Da Silva, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.227, apoderada judicial de la parte actora, contra el auto del 12 de agosto de 2016, y ordena oír la apelación libremente;
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no se produce imposición de costas…”

De acuerdo a lo señalado en actas, este Juzgado a tenor de lo establecido en el artículo 61 del Código de Procedimiento Civil, EXTINGUE LA CAUSA que reposa en este Tribunal, por cuanto ya fue decidida en el Juzgado antes señalado, el objeto de la presente causa, por tanto, resulta imposible generar un nuevo pronunciamiento sobre un aspecto que ya ha sido debidamente decidido por un Superior de igual jerarquía de este Tribunal, a cerca del mismo objeto del presente proceso judicial; y así se decide.
LA JUEZ


DRA. INDIRA PARIS BRUNI
LA SECRETARIA

ABOG. MARIELA ARZOLA PADILLA


IPB/MAP/René Fajardo
Exp. N° AP71-R-2016-001073