REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, tres (03) de abril de dos mil diecisiete (2017).-
Año 206º y 158º
Vista la diligencia suscrita en fecha treinta y uno (31) de marzo del año en curso, por el abogado Demetrio Antonio Varela Guerrero, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.128.931 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 159.852, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita un juego de copias certificadas de la sentencia dictada por este tribunal en fecha 27 de marzo de 2017, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia ordena expedir por secretaria las copias certificadas de lo antes señalados con inserción de la diligencia mediante la cual las solicita y del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procediendo Civil.
El Juez Titular.
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria.
Abg. María Elvira Reis
Se requieren el suministro de los fotostatos necesarios a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado.
Quien suscribe MARIA ELVIRA REIS TREMARIA, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales que corren insertos en el expediente Nº AP71-R-2016-001165 (857), contentivo del juicio por DIVORCIO CONTENCIOSO, que sigue el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN GARCIA, contra ETILVIA JOSEFINA JIMENEZ GUILARTE, Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, así como el artículo 1 de la Ley de Sello. Caracas, Caracas, tres (03) de abril de dos mil diecisiete (2017). A 206º años de la Independencia y 158º de la Federación.
LA SECRETARIA
Abg. MARIA ELVIRA REIS T.
Exp. AP71-R-2016-001165 (857)