REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas 18 de abril de 2017
206° y 158°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a favor del ciudadano RUBEN DARIO ROJAS RAMOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.735.852, causahabientes del De-cujus JOSE RAFAEL ROJAS, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-8.495.264, fallecido Ab-Intestato, en fecha 21 de Diciembre de 2016, en la Parroquia Altagracia Municipio Libertador del Distrito Capital, Expídanse por secretaría- copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por el solicitante los fotostátos correspondientes. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR.,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ.

EL SECRETARIO.,

EDWARD ALEJANDRO COLMENARES.

RJG/EAC/Keylin.
EXP-Nº.AP31-S-2017-000327.-