ASUNTO : AP31-S-2017-002296
SOLICITANTE: ciudadano ANTONIO JOSE BRICEÑO ORTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-26.463.707.
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: HAROLD VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.497.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
I
ANTECEDENTES
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 5 de junio de 2017, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 8 de junio de 2017, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos, y se instó al interesado aclarar con precisión el estado civil de la causante, ciudadana ELVIRA MARGARITA ORTA LINARES, en virtud de que la misma aparece como casada en el acta de nacimiento de su primer hijo de nombre HENDRY RAFAEL LOZADA ORTA, y en el acta de nacimiento de su segundo hijo de nombre ANTONIO JOSE BRICEÑO ORTA, aparece como soltera, dándole un lapso perentorio de 30 días continuos.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 8 de junio de 2017, a saber: 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22, 23, 24; 25; 26; 27; 28; 29; 30 de Junio; 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22, 23, 24; 25; 26; 27; 28; 29; 30; 31 de Julio y 01 de agosto de 2017; para que la parte interesada aclarara lo solicitado en el auto en referencia, en virtud de que lo solicitado son argumentos fundamentales para la tramitación de la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, y visto que hasta la presente fecha no ha comparecido por ante este Tribunal a aclarar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,


Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,


Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.


JMGF/IMCR/Edgar