REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO (3°) SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207° y 158°
Asunto: AP21-R-2017-000946
PARTE ACTORA: JUAN BARRIOS MARTÍNEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-3.723.504.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: ISRAEL A. GARCÍA OVIEDO, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 97.052.
CODEMANDADOS: DISTRIBUIDORA BOMVEN, C.A. sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 29 de junio de 2009, bajo el número 37, Tomo 116-A, y MON VEN CARACAS, C.A., sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 03 de febrero de 2009, bajo el número 52, Tomo 21-A Sgdo., y en forma personal los ciudadanos JOSÉ IGNACIO PERERA GALVEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.417.461 y RAFAEL MAQUEDA VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.043.883.
APODERADOS JUDICIALES DE LOS CODEMANDADOS DISTRIBUIDORA BOMVEN, C.A. y RAFAEL MAQUEDA VASQUEZ: PATRICIA GARCÍA, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 216.517.
APODERADOS JUDICIALES DE LOS CODEMANDADOS MON VEN CARACAS, C.A. y JOSÉ IGNACIO PERERA GALVEZ: No constan en autos.
MOTIVO: Recurso de apelación.
SENTENCIA: Interlocutoria.
En fecha 19 de diciembre de 2017, se dio por recibido el presente asunto, contentivo del recurso de apelación interpuesto en fecha 10 de noviembre de 2017, por el abogado Israel García, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de noviembre de 2017 por el Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
De la revisión de las actas del presente expediente se observa que cursan en autos diligencias de fecha 05 de diciembre de 2017, presentadas por el apoderado judicial de la parte actora apelante, abogado ISRAEL GARCÍA, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, mediante las cuales desiste de la apelación ejercida en contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 07 de noviembre del presente año, oída en un solo efecto en fecha 15 de noviembre de 2017, en consecuencia, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva y deja constancia que no fijará audiencia en el mismo, todo en el juicio seguido por el ciudadano JUAN BARRIOS MARTÍNEZ contra las entidades de trabajo DISTRIBUIDORA BOMVEN, C.A. y MON VEN CARACAS, C.A., y en forma personal los ciudadanos JOSÉ IGNACIO PERERA GALVEZ y RAFAEL MAQUEDA VASQUEZ, en tal sentido, una vez firme esta decisión, se ordena la remisión de la presente incidencia a su Tribunal de origen, a los fines de la continuación del juicio. ASÍ SE DECIDE.
MARIA LUISAURYS VASQUEZ
LA JUEZ
LISBETH MONTES
LA SECRETARIA
Asunto: AP21-R-2017-000946
MLV/LM/arr.-
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