REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º
ASUNTO: AP21-L-2017-000165

Vista la diligencia de fecha catorce (14) de diciembre de 2017, presentada por el abogado NOLAN FAJARDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 187.820, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano ORLANDO PERDOMO, mediante la cual desiste del presente procedimiento así como de la acción, en virtud de manifestar que la entidad de trabajo demandada nada le adeuda a su representado por prestaciones sociales ni ningún otro concepto; en consecuencia vista la solicitud de desistimiento realizada por el apoderado judicial de la parte actora, quien se encuentra debidamente facultado para ello, en los términos expuestos; este Juzgado homologa solo con respecto al desistimiento del procedimiento, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público; en la demanda incoada por el ciudadano ORLANDO PERDOMO contra la empresa INVERSIONES TAZ, C.A., dándole efecto de cosa juzgada. Y así se establece.-
LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA

NAKARY PÉREZ
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.-

LA SECRETARIA

NAKARY PÉREZ