REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-000542
PARTE ACTORA: DAVID JOSE ASCANIO MORENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALEXIS AGUSTIN GARCIA CABRERA, CARMEN VICTORIA SALINAS
PARTE DEMANDADA: ASESORIA POSTAL Y DE COMUNICACIONES ASEPOSTCA, C.A (ASEPOSTCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JULYNES MARÏA HIDALGO ARCHILA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS

Hoy, 06 de diciembre de 2017, a las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, dándose inicio se deja constancia que comparecieron a la misma los abogados ALEXIS AGUSTIN GARCIA CABRERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 188.837, en su condición de apoderado judicial de la parte actora y por la parte demandada, comparece la abogado JULYNES MARÏA HIDALGO ARCHILA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 66.578, como se evidencia de autos, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: Las partes evaluaron sus respectivas posiciones iniciales y cedieron en las mismas, estableciendo que con el monto de Bs. 1.850.000,00, llegan al acuerdo por los conceptos demandados, dándose el primer pago por la cantidad de Bs. 900.000,00 y quedando pendiente el segundo y último pago por Bs. 950.000,00, que se realizará el 20 de diciembre de 2017, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo, manifestando que con el presente acuerdo nada quedarán a deberse por la relación de trabajo que existió entre las partes.

Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se entregan las pruebas promovidas por las partes.
La Juez
El Secretario

Abg. Milagros Jiménez
Abg. Carlos Moreno


Apoderado judicial de la parte actora


Apoderada judicial de la parte demandada