Vista la conciliación celebrada entre el ciudadano PEDRO JOSÉ VALDERRAMA VALDERRAMA Y WUILMARY CAROLINA GUDIÑO AGUILAR, venezolanos mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº. 13.650.020 y 15.941.583 respectivamente, en beneficio de la niña xxx, por concepto de Obligación de Manutención. Donde el padre de la niña, ciudadano Pedro Valderrama, acordó pasarle la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,oo) mensuales como obligación de manutención, así como el 50% de los gastos en los meses de septiembre y diciembre para gastos de útiles escolares, uniformes y estrenos decembrino, de la misma forma el 50% de los gastos de consulta medica y medicamentos en caso de enfermedad, dichas cantidades de dinero se descontaran de la nomina de pago del demandado;
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