REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de febrero de 2017
206° y 157°
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-003440
PARTE ACTORA: LUCIO TORO BASTIDAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Hermann Vasquez
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Bernardo Pisani
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
Vista la diligencia de fecha 13 de febrero de 2017, interpuesta por el ciudadano LUCIO TORO, titular de la cedula de identidad Nº V-8.147.898, parte actora, asistido judicialmente por la Abogada Gloria Otero, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 83.527, en la que manifiesta su voluntad de desistir del procedimiento y solicita el cierre y archivo del expediente, este Tribunal lo acuerda y visto que el actor actúa libremente y no manifiesta estar constreñido por causa alguna, se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento y se da por terminado el proceso. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 206º y 157°.
DIOS Y FEDERACIÓN
El Juez
Abg. Estela Romero Ottamendi
El Secretario
Abog. Zuleida Marcano
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