REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de febrero de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º


Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-000145
PARTE ACTORA: LARRY JOSE FERNANDEZ INFANTE, venezolano, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V.-13.207.036
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FREMIOT JOSE COLMENAREZ RAMIREZ, abogado en ejercicio, de este domicilio inscrito en el Inpreabogado bajo el número, 43.807.
PARTE DEMANDADA: F.C INSTALCIONES ELECTRICAS, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA EN AUTO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el juicio por Demanda de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoado por el ciudadano LARRY JOSE FERNANDEZ INFANTE, mayor de edad, venezolano, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V.- 13.207.036, contra la entidad de trabajo F.C INSTALCIONES ELECTRICAS, C.A., el cual fue recibido, previa distribución, por este Juzgado en fecha 24 de enero de 2017, por lo que pasa este Tribunal a pronunciarse sobre la base de las consideraciones siguientes:
Vista la diligencia presentada por el abogado: FREMIOT JOSE COLMENAREZ RAMIREZ, abogado en ejercicio, de este domicilio inscrito en el Inpreabogado bajo el número, 43.807, apoderado judicial de la parte actora, en la demanda incoada contra la Empresa: F.C INSTALCIONES ELECTRICAS, C.A., por Demanda de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, en fecha 23 de enero de 2017, en la cual desiste del procedimiento, este juzgado procede a HOMOLOGAR el mismo en los términos expuestos según lo establecido en los artículos 11 y 130 parágrafo primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 263 del Código de Procedimiento Civil, asimismo se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente y su Cierre Informático. Así se Decide.

DIOS Y FEDERACIÓN



El Juez
Abg. Gabriel Rincones

La Secretaria
Abg. Corina Guerra.