REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintiuno (21) de febrero de 2017
206º y 158º
De una revisión a las actas que conforman la presente solicitud de exequátur, interpuesta por el abogado REINALDO LAYA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 143.046, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARLA CAROLINA RODRIGUEZ ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.342.354, mediante la cual se desprende que en fecha 29 de junio de 2016, el abogado antes mencionado consignó los recaudos en la presente solicitud. Ahora bien, mediante auto dictado en fecha 4 de julio de 2016, se instó a la parte a gestionar los trámites correspondientes a la validez de los documentos consignados, siendo retirados los mismos para su gestión. Luego en fecha 8 de febrero de 2017, el nombrado abogado, consignó los recaudos, y luego de una revisión minuciosa a los recaudos consignados se observa que no consta identificación alguna aportada junto al acervo probatorio anexo a la presente solicitud del ciudadano SHIVA VANCE SOOKBIR, de nacionalidad trinitario, razón por la cual se insta nuevamente al solicitante a presentar instrumento alguno que acredite la identidad de éste último, a los fines previo análisis, de proceder a su admisión y debidas notificaciones.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
EXP: AP71-S-2016-000036 (16.165)