REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintidós (22) de febrero del año dos mil diecisiete (2017)
Años 206º y 158º
Expediente Nº AP71-X-2015-000046 (572)
Visto el fallo dictado en fecha trece (13) de noviembre del 2015, mediante el cual este tribunal declaro Sin Lugar la recusación formulada por el abogado Ramón Salvador Burgos Romero, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 6.109, al cual se le impuso una multa de Bs. 2,00 de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, este órgano jurisdiccional observa:
Cursa en el folio sesenta (60) diligencia de fecha primero (01) de diciembre del 2015, suscrita por el recusante mediante la cual solicitó se le expidiera copia certificada de todo el expediente; ahora bien en virtud de la actuación efectuada por el abogado Ramón Burgos, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada la Sociedad Mercantil Comercializadora 2013, C.A, esta alzada en aplicación con lo establecido en el segundo aparte del artículo 216 del Código de Procedimiento Civil, se le tiene como notificado del fallo supra indicado y como quiera que el recusante debe cancelar la multa impuesta por este órgano jurisdiccional, este tribunal ordena la remisión del expediente al tribunal de juez recusado, a los fines legales consiguientes. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.
El Juez
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria
Abg. María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2017-A-
La Secretaria
Abg. María Elvira Reis.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintidós (22) de febrero de dos mil diecisiete (2017)
Años 206º y 158º
Oficio Nº 2017-A-
Ciudadano:
Dr. MAURO JOSÉ GUERRA
Juez del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-X-2015-000046 (572) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, con motivo de la incidencia de Recusación propuesta en su persona, planteada por el abogado Ramón Salvador Burgos Romero en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, fundamentada en el ordinal 4° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del juicio por Resolución de contrato de arrendamiento, que sigue la ciudadana María Milagro Faustina Sánchez, contra la sociedad mercantil Comercializadora 2013, C.A, constante de una pieza de sesenta y tres (63) folios útiles.-
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.
Dios y Federación.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.