REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, ocho (8) de febrero de 2.017
206º y 158º
Expediente Nº AP71-R-2015-000337 (580)
Vista la diligencia de fecha 7 de febrero de 2.017, suscrita por el abogado ANDRÉS CHACÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 194.360, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se libre nuevo edicto y se corrija el error incurrido. Luego, de una revisión exhaustiva realizada se desprende que en el auto dictado en fecha 6 de febrero del presente año, se incurrió en un error material involuntario al colocar el nombre del de cujus, por lo que se ordena su inmediata corrección. Este Tribunal, acuerda la subsanación del mencionado auto en cuanto al nombre del de cujus, de la siguiente manera: donde dice “HUMBERTO JOSÉ BAPTISTA OLIVARES, cedula de identidad Nº 968.882” siendo lo correcto “OCTAVIO SOSA ROMERO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-945.919”, quedando así subsanado el error incurrido. En consecuencia, se ordena dejar sin efecto el edicto librado en la mencionada data y se acuerda librar nuevo edicto con las correcciones correspondientes. Téngase el presente auto como complemento al auto que antecede.
EL JUEZ TITULAR,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente auto.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, ocho (8) de febrero de 2.017
206º y 158º
EDICTO
SE HACE SABER
Al (los) heredero(s) conocido(s) y desconocidos del de cujus ciudadano OCTAVIO SOSA ROMERO, cedula de identidad Nº V-945.919, que con motivo del juicio que por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) sigue SOLUCIONES EXPRESS RR AA C.A., contra OCTAVIO CESAR SOSA ROMERO y las sociedades mercantiles TURBO MOTORS C.A., ATELIER GEOGLAMOUR 2.360 C.A., y ELECTROAUTO LA HORA C.A., para que comparezcan a darse por citados en el presente juicio en el lapso de sesenta (60) días continuos. Dicho edicto deberá ser publicado en los diarios “Ultimas Noticias” y “El Nacional”, durante los sesenta (60) días, dos (02) veces por semana, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil.-
En el caso de que transcurriere el lapso antes señalado, para que los herederos conocidos y desconocidos se den por citados, sin verificarse la misma, este Tribunal designará defensor judicial.-
DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ,


Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Exp. Nº AP71-R-2015-000337(580)