REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, dieciséis (16) de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
ASUNTO: AP31-S-2015-002614

SOLICITANTES: SURELYS JOSEFINA LOPEZ GONZALEZ y JOHN ANTONIO DUARTE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad números V-16.203.348 y V-12.386.867, en ese orden.

MOTIVO: CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS

Mediante sentencia dictada el 1º de noviembre de 2016, este Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos SURELYS JOSEFINA LOPEZ GONZALEZ y JOHN ANTONIO DUARTE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad números V-16.203.348 y V-12.386.867, en ese orden, quienes contrajeron matrimonio civil el día 2 de noviembre de 2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Candelaria, acta No. 257, folio 010, año 2011, separación que se acordó conforme éstos lo solicitaron en el escrito presentado en fecha 24 de marzo de 2015, todo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 189 del Código Civil.

Mediante diligencia de fecha 1º de abril de 2016, la ciudadana SURELYS JOSEFINA LOPEZ GONZÁLEZ solicitó la conversión de separación de cuerpos en divorcio, frente a lo cual este Tribunal ordenó la notificación del ciudadano JOHN ANTONIO DUARTE ZAMBRANO, mediante auto de fecha 18 de julio de 2016, a los fines de que exponga lo que considerara conducente con relación a los dichos de la precitada ciudadana.

En fecha 26 de octubre de 2016, el Alguacil dejó constancia de que se trasladó en reiteradas oportunidades a la dirección señalada por la solicitante y que no recibió respuesta de persona alguna.

El 16 de diciembre de 2016, la ciudadana SURELYS JOSEFINA LOPEZ GONZÁLEZ solicitó se libre cartel.

El 20 de diciembre de 2016, este Tribunal ordenó realizar nuevamente la notificación del ciudadano JOHN ANTONIO DUARTE ZAMBRANO, en la dirección aportada y previa solicitud de parte interesada, o, en dado caso, instó a la parte solicitante a suministrar una nueva dirección donde el referido ciudadano pueda ser localizado.

En fecha 09 de febrero de 2017, compareció el ciudadano JOHN ANTONIO DUARTE ZAMBRANO, actuando en su propio nombre y representación y se dio por notificado de la conversión en divorcio.

El 15 de febrero de 2017, se dictó auto de abocamiento mediante el cual se notificó de la incorporación del abogado Leonardo Enrique Jiménez Isea, como Juez Provisorio de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.

I
ÚNICO

Este Tribunal, luego de la revisión efectuada a las actas que conforman el expediente, constata que, efectivamente, ha transcurrido más de un (1) año de haberse declarado la separación de cuerpos; período durante el cual, se desprende del expediente que no ocurrió entre ellos la reconciliación; y siendo éste el supuesto previsto en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, resulta procedente la conversión en divorcio de la expresada separación de cuerpos. Así se declara.

Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos SURELYS JOSEFINA LOPÉZ GONZÁLEZ y JHON ANTONIO DUARTE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: V- 16.203.348 y V-12.386.867, en ese orden. Como consecuencia de ello, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído el día 2 de noviembre de 2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Candelaria, acta No. 257, folio 010, año 2011.

Publíquese, Regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año 2017.

EL JUEZ


LEONARDO ENRIQUE JIMENEZ ISEA


LA SECRETARIA,


ABG. WINEISKA DELGADO PARRA.



Siendo las 11:48 a.m. del día de hoy, se registró y publicó la presente decisión.

LA SECRETARIA,



ABG. WINEISKA DELGADO PARRA.

LEJI/WDP/Yesenia.