REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, dieciséis de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
SOLICITANTE: HORTENCIA JOSEFINA MOYA GUAIMACUTO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.264.551
ABOGADO ASISTENTE: MIRIAN AZUAJE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.138, adscrita a la Asistencia Jurídica Gratuita Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones, Justicia y Paz.
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION.
ACLARATORIA DE SENTENCIA.
Vista la diligencia de fecha 9 de febrero de 2017, presentada por la ciudadana HORTENCIA JOSEFINA MOYA GUAIMACUTO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.264.551, suscrita la abogada MIRIAN AZUAJE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.138, adscrita a la Asistencia Jurídica Gratuita Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones, Justicia y Paz, mediante la cual solicitó se subsane el error en cuanto al nombre de la solicitante HORTENCIA JOSEFINA MOYA GUAIMACUTO en la sentencia dictada por éste Juzgado en fecha 22 de noviembre de 2016, el Tribunal observa:
En fecha 22 de noviembre de 2016, este Órgano de administración de Justicia dictó sentencia, en cuyo dispositivo se ordeno la rectificación del acta de defunción del cónyuge de la solicitante, ciudadano VICTOR RICARDO GARCIA SEGURA.
Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 ejusdem, se ordena la corrección del error material aludido en el referido fallo, quedando subsanado de la siguiente manera: Donde dice “CASADO CON HORTENCIA JOSEFINA MOYA GUICAMACUTO, VENEZOLANA TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-6.264.551”, debe decir: “CASADO CON HORTENCIA JOSEFINA MOYA GUAIMACUTO, VENEZOLANA TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-6.264.551”. Y así se decide.
Asimismo, se deja expresa constancia que la presente aclaratoria, formará parte integrante de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Cúmplase.
LA JUEZA,

LETICIA BARRIOS RUIZ.
LA SECRETARIA,

MARINA M. SANCHEZ GAMBOA.



AP31-S.2014.005443
LBR/MSG/LFDM-