PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 12 de julio de 2017
207º y 158º
ASUNTO: PH06-X-2013-000090
Vista la diligencia presentada en fecha 03 de julio de 2017, por la ciudadana MARTHA SULBARAN, titular de la cedula de identidad Nº V-12.011.255, debidamente asistida por la ABG. MILAGRO SARMIENTO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 78.947, mediante la cual solicita se levante la medida preventiva de embargo dictada, sobre el 50% de los haberes sobre las prestaciones sociales y depósitos en caja de ahorro. Igualmente solicita se oficie al Director de la Comisionaduría Regional de Salud del estado Portuguesa y se libre oficio para el levantamiento de la medida sobre los haberes de la Caja de Ahorro.
En consecuencia, este Tribunal acuerda SUSPENDER la medida preventiva dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, sede Guanare, en fecha 18/11/2013, inserta a los folios 02 al 03 del cuaderno separado, por cuanto en fecha 02/12/2015, el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, dicto sentencia definitiva, la cual cursa en los folios 156 al 179 de la tercera pieza. Igualmente este Tribunal ordena oficiar al Director Regional de Salud del estado Portuguesa, a los fines de notificarle de la suspensión de la referida medida, con el propósito de liberar los haberes de prestaciones sociales y depósitos en Caja de Ahorros de la ciudadana Martha Sulbaran, antes identificada. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
La Jueza;
Abg. YLLANI DEL CARMEN DE LIMA JACOBO
El Secretario;
Abg. Julio Cesar Duran Betancourt.
Katy Pacheco.-
|