REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas 11 de julio de 2017
207° y 158°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos MORELLA BEATRIZ MARQUEZ RAMIREZ y ANGEL MARIA MARQUEZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad números: V-4.352.296 y V-5.890.959, respectivamente, causahabientes del de-cujus ANGEL MARIA MARQUEZ MARQUEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 4.841, fallecido Ab-Intestato, en fecha 27 de diciembre de 2016, en la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Estado Distrito Capital, Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. ENEIDA J. TORREALBA. C.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
LUIS DANIEL GARCIA LARA