República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de junio de 2017
Años: 207º y 158º

Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado ARMANDO HURTADO VEZGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.406, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL, mediante la cual ratifica la diligencia de fecha 03/04/2017 suscrita por el abogado RAFAEL ÁLVARO RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.267, en la cual desiste del procedimiento. Ahora bien, por cuanto el Tribunal observa que en el presente caso no ha tenido lugar el acto de contestación de la demanda pudiendo la parte actora desistir del procedimiento tal como lo establece el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia se declara extinguida la instancia de conformidad con lo establecido en el artículo 266 Ejusdem.-
EL JUEZ TITULAR

RENAN JOSÉ GONZÁLEZ

EL SECRETARIO

EDWARD A. COLMENARES R

EXP. N° AP31-M-2014-000062
RJG/EACR/mcb