REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de marzo de dos mil diecisiete (2017)
206º y 158º

ASUNTO: AP21-L-2017-000239

Visto el escrito transaccional presentado en fecha 24 de febrero de 2017, por la ciudadana YULI TAGLIAFICO, titular de la cédula de identidad N° 9.961.298, debidamente asistida por la abogada HILSY SILVA, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado 69.213, y por el abogado JAIME TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 51.232, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, AB PROYECTOS E INSPECCIONES, C.A.; mediante el cual la representación judicial de la parte demandada, cancela a la parte actora la cantidad de Bs. 61.319,73, mediante cheque N° 00000121, girado contra la cuenta corriente N° 01080130310100250915, a favor de la parte actora YULI TAGLIAFICO, quien manifiesta que recibió conforme la suma total transaccional antes señalada, en la forma indicada en la cláusula tercera del escrito transaccional, y reconoce expresamente que quedan transigidos de manera irrevocable, total y definitiva, la acción y el procedimiento a que se contrae el presente juicio; asimismo que nada más tiene que reclamar a la demandada, a la cual le extiende el más amplio y formal finiquito de pago; finalmente solicitando las partes el cierre y archivo y se les expidan dos (2) copias certificadas de la transacción y del auto que la acuerde; en consecuencia, este Juzgado, vista que la transacción cumple con los extremos establecidos en el artículo 19 Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, y los artículos 10 y 11 del Reglamento, la homologa, en virtud que la misma no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, dándole efecto de cosa juzgada; con motivo de la relación de índole laboral que sostuvieron, la parte actora, ciudadana YULY TAGLIAFICO, y la empresa AB PROYECTOS E INSPECCIONES, C.A.. Y así se establece.

Se ordena librar oficio a la Coordinación de Secretarios, a los fines de que excluya el presente asunto del sorteo de Audiencias Preliminares a llevarse a cabo el día viernes diez (10) de marzo de 2017, a las 9:00 a.m.-

Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se les insta a consignar las copias simples respectivas. Se ordenará el cierre y archivo del expediente, una vez que transcurran cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha.


LA JUEZ


NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

EL SECRETARIO


JESÚS JAVIER COLINA