REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 15 de marzo de 2017
204º y 157º
AP21-L-2016-02121

Visto el escrito de transacción que antecede suscrito en fecha 13 de marzo de 2017 entre las partes (ALFONSO RAFAEL ESCALANTE AVILA contra BUENAVENTURA VISTA DORADA); este Tribunal de una revisión minuciosa del escrito en referencia y encontrándose en fase de MEDIACION, observa que no fueron vulnerados normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajar, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; por lo que este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de COSA JUZGADA.
La Juez
Abg. Neyireé Toledo
La Secretaria

Abg. Freddy montilla