REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diez (10) de marzo de 2017

EXPEDIENTE: AP21-L-2017-000069

DEMANDANTE: ANA CRISTINA RONDON CANCELADO, venezolana, mayor de edad e identificada con la cédula de identidad número 6.811.177.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDANTE: ANASTACIA RODRÍGUEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 88.222.
DEMANDADA: LOURDES KARINA CAMPO MALASPINA
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: Sin apoderado judicial constituido en juicio.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.

En el día de hoy, diez (10) de marzo de 2017, siendo las 9:00 de la mañana, día y hora para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto; se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno; dejándose de igual manera constancia de la incomparecencia de la parte demandada por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, no habiendo expresa condenatoria en costas. Asimismo, dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 205° y 156º.
Abg. ALBA TORRIVILLA
LA JUEZ


Abg. KARELYS GUDIÑO
LA SECRETARIA