REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
206° y 158°
SOLICITANTE: GUSTAVO ADOLFO VALECILLOS MADRIZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de Norte América, pasaporte venezolano Nº 044557896.
ABOGADA: ANTONIO LEGORBURU MATHEUS, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el números 26.925.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
TIPO DE SENTENCIA: Definitiva.
Expediente No. AP31-S-2016-005722
- I -
DE LA PRETENSION
Se inicia el presente procedimiento, a través de escrito presentado en fecha 07 de julio de 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (U.R.D.D.) por el abogado ANTONIO LEGORBURU MATHEUS, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el números 26.925, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GUSTAVO ADOLFO VALECILLOS MADRIZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de Norte América, pasaporte venezolano Nº 044557896, y recibida ante este Tribunal en fecha 08 de julio 2016, a los fines de requerir la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO Nº 1715, del año 1939, la cual corre inserta por ante los Libros de actas de Nacimiento llevados por el Registro Civil de la Parroquia la Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital.
En ese sentido manifiesta el solicitante, que en la mencionada Acta se incurrió en un error material de fondo y omisión en cuanto al indicar el nombre de su padre…“VALECILLOS RUIZ ANTONIO…” debe decir “… VALECILLOS RUIZ JOSE ANTONIO…” siendo esto lo correcto, tal como consta de la copia certificada de la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil de la Parroquia la Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, por lo que solicita se ordene la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 1715, en fecha 13 de agosto de 1939.
Por auto de fecha 18 de julio de 2016, el Tribunal Admitió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, ordenó notificar al Fiscal del ministerio Público.
Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a los fines que hicieran parte en el presente procedimiento. En esa misma fecha se libró cartel de emplazamiento.
En fecha 01 de agosto de 2016, compareció el abogado ANTONIO LEGORBURU MATHEUS, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 26.925, mediante diligencia manifestó haber retirado dicho cartel para su debida publicación, consignando el mismo debidamente publicado en fecha 26/09/2016.
En fecha 24 de octubre de 2016, compareció el abogado ANTONIO LEGORBURU MATHEUS, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 26.925, mediante diligencia solicitó se ordenára librar boleta de notificación al fiscal del Ministerio Publico.
Atreves de fecha 31 de octubre de 2016 es tribunal instó al solicitante a consignar los fotos necesarios para librar dicha boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Publico.
En fecha 09 de noviembre de 2016, compareció el abogado ANTONIO LEGORBURU MATHEUS, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 26.925, mediante la cual consigno los documentos necesarios a fines de que este tribunal librara dicha boleta de notificación al fiscal del Ministerio Publico,
Mediante nota de secretaría de fecha 18 de noviembre de 2016, se dejó constancia de haberse librado Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público.
Mediante diligencia de fecha 13 de diciembre de 2016, el ciudadano alguacil MIGUEL VILLA, consignó Boleta de Citación debidamente sellada y firmada en señal de haber sido recibida por la Fiscalía N° 103°, el Ministerio Público.
En fecha 11 de enero de 2016, compareció la ciudadana YEXIRA PAREDES, titular de la cedula de identidad Nº V-12.118.623. A los fines de consignar diligencia suscrita por la abogada ZULAIMA DUM COLMENARES, FISCAL PROVISORIO CENTESIMA TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO, quien mediante la misma manifestó, nada tiene que objetar a la presente causa.
Para probar lo alegado, el solicitante consignó:
• Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 1715, del año 1939, la cual corre inserta por ante los Libros de actas de Nacimiento llevados por el Registro Civil de la Parroquia la Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital., de GUSTAVO ADOLFO VALECILLOS MADRIZ, cursante en autos, y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
• Copia de la cedula de identidad del ciudadano VALECILLOS RUIZ JOSE ANTONIO.
II
MOTIVACION
Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante este Juzgador considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Décimo
Cuarto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO Nº 1715, del año 1939, la cual corre inserta por ante los Libros de actas de Nacimiento llevados por el Registro Civil de la Parroquia la Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital. En cuanto al error involuntario cometido en dicha acta del ciudadano GUSTAVO ADOLFO VALECILLOS MADRIZ.
- III -
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 1715, peticionada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO VALECILLOS MADRIZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de Norte América, pasaporte venezolano Nº 044557896.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 1715, del ciudadano GUSTAVO ADOLFO VALECILLOS MADRIZ, en consecuencia en lo que respecta a la mencionada Acta de Nacimiento donde al indicar el nombre de su padre…“VALECILLOS RUIZ ANTONIO…” debe decir “… VALECILLOS RUIZ JOSE ANTONIO…” siendo esto lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Registro Civil de la Parroquia la Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, respectivamente, a los fines que estampen la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento Nº 1715, en fecha 13 de agosto de 1939, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotóstatos respectivos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA, conforme lo prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Décimo Cuarto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los __________________________. Años 206° DE LA INDEPENDENCIA y 158° DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. MIGUEL ANGEL FIGUEROA
AIRAM CASTELLANOS.
En esta misma fecha, siendo ___________________ (_________), se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO,
AIRAM CAASTELLANOS
EXP. AP31-S-2016-005722
MAF/AC/AF
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