REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 23 de marzo de 2017
206º y 158°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA, a favor de la ciudadana MARIA CRISTINA BLANCO DE FLORES, venezolana, mayor de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-63.759, respectivamente, causahabiente de la De-Cujus CRISTINA MARGARITA FLORES BLANCO, quien en vida fue Venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-3.882.850, fallecida en fecha 26 de octubre del año 2016, en Caracas en la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplasee.
EL JUEZ,
DR. RENAN JOSE GONZALEZ.
EL SECRETARIO,
EDWARD ALEJANDRO COLMENARES
Exp: AP31-S-2017-000010
RJG/EAC/JESUS
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