REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 30 de marzo de 2017
206º y 158°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, a la ciudadana LEE MACGREY MANZANILLA TARAZONA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V- 12.960.116, causahabiente del De-Cujus MARIO MAGREGORI MANZANILLA HURTADO , quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 4.165.325, fallecido Ab-Intestato, en fecha 13 de diciembre de 2016, en la Parroquia Nuestra señora del Rosario Municipio Baruta, Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. ENEIDA TORREALBA.
EL SECRETARIO ACC,
LUIS DANIEL GARCIA LARA.