REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCIÓN
Guanare, 11 de Mayo de 2017
Años: 207° y 158°
N° ______
Causa N° 1E-1375-12
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1 ABG. ELKER COROMOTO TORRES CALDERA
PENADO JESÚS EDUARDO ESCALANTE MONTAÑEZ
DEFENSORA PUBLICA TERCERO, EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE PENAS
FISCAL CUARTO DEL MINISTERIO PÚBLICO EN MATERIA DE EJECUCIÓN
DELITO TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS
SECRETARIA: ABG. PATRICIA NIÑO
MOTIVO: ORDEN DE APREHENSIÓN
Revisada la presente causa se observa que hasta la presente fecha no ha obtenido alguna resulta acerca del cumplimiento de la Medida Humanitaria otorgada en fecha 06-08-2012, al penado JESÚS EDUARDO ESCALANTE MONTAÑEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.985.176, venezolano, nacido en fecha 23-01-1959, soltero, chofer, residenciado en el Sector la Palmita, calle 13, casa N° 9-03, Socopo Estado Barinas, incurso en la presente causa por el delito TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por el lapso de SEIS (06) MESES, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, sin embargo este tribunal observa que:
En fecha 06-08-2012, se le acordó al penado JESÚS EDUARDO ESCALANTE MONTAÑEZ, la Libertad Condicional por Medida Humanitaria, por el lapso de SEIS (06) MESES, debiendo el mismo ingresar al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales, una vez que se cumpla el referido lapso, para continuar con el cumplimiento de la condena.
Así las cosas evidencia este Tribunal que hasta la presente fecha no ha sido ubicado el referido penado, es por lo que este Tribunal, a fin de que el penado JESÚS EDUARDO ESCALANTE MONTAÑEZ, cumpla con la condena y de evitar que quede irrisoria el cumplimiento de dicha pena; considera pertinente y así lo ordena, emitir ORDEN DE CAPTURA en contra del referido penado, quien una vez aprehendido deberá ser puesto a la orden de este Tribunal. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 471.1 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, este tribunal Primera Instancia en lo penal del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en función de Ejecución N° 1 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA, en contra del penado JESÚS EDUARDO ESCALANTE MONTAÑEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.985.176, venezolano, nacido en fecha 23-01-1959, soltero, chofer, residenciado en el Sector la Palmita, calle 13, casa N° 9-03, Socopo Estado Barinas, incurso en la presente causa por el delito TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, a fin de que cumpla la pena impuesta. Líbrese lo conducente a las autoridades respectivas a los fines de hacer efectiva la captura. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
Jueza de Ejecución Nº 1
Abg. Elker Coromoto Torres Caldera
Secretaria
Abg. Patricia Niño.