REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEPTIMO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 10 de Mayo de 2017
206º y 158º
Vista las diligencias de fecha 08 de Marzo de 2017 suscritas por FELWIL CAMPOS Y MIGUEL PEÑA, ambos en su condición de alguaciles titulares de este circuito, encargados de practicar las notificaciones a la ciudadana REYNA ELIZABETH SEQUERA, venezolana, mayor de edad, abogada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.577.522, e inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 28.301, actuando como endosataria en procuración mediante Boleta, en su carácter de parte actora, en la que dejo constancia la imposibilidad de notificar a dicha parte puesto que me traslade a la dirección: “…Centro Villasmil, Esquina de Puente Victoria, Parque Carabobo, Piso 03, Oficinas 304 y 305, Caracas, pero una vez ubicado en dicha dirección y tocar en diferentes oportunidades el timbre de dicho inmueble, no logre ser atendido por persona alguna en ninguno de mis traslados...”, y a los ciudadanos MARÍA NELY ABREU DE AAGAARD y ALFREDO AAGAARD SALAZAR, venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros, V.-5.223.950 y V.-3.182.309; respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Caracas,, en su condición de parte demandada en el presente juicio, mediante la cual se evidencia la imposibilidad de hacer efectiva la misma, en virtud de que me traslade a la dirección “…Calle de las Tejerías, Quinta Danisia, Lomas de la Trinidad Caracas del Distrito Capital una vez ubicado en la dirección toque el timbre y nadie salio a mi llamado...”, es por lo que, este Tribunal a los fines de procurar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes, ordena su notificación mediante Cartel. A los fines de hacerle saber que en fecha de 26 de julio de 2016 este Juzgado dictó Sentencia sobre la presente causa. Dicho Cartel deberá ser publicado en la Cartelera de este Despacho Judicial. Se le advierte que una vez conste en autos la última de la notificación ordenada y la nota de Secretaría que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificado. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR,
MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE.
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se libró Cartel de Notificación a la parte actora y a la parte demandada.
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS.-
ASUNTO: 01004-16
ASUNTO ANTIGUO: AH15-M-2008-000087.
MMC/ADR/04
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 10 de Mayo de 2017
206º y 158º
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A los ciudadanos MARÍA NELY ABREU DE AAGAARD y ALFREDO AAGAARD SALAZAR, venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-5.223.950 y V.-3.182.309; respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Caracas, este último en su carácter de avalista, parte demandada, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN LETRA DE CAMBIO) incoara en su contra la ciudadana REYNA ELIZABETH SEQUERA, venezolana, mayor de edad, abogada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.577.522, e inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 28.301, actuando como endosataria en procuración, parte actora, en el expediente signado bajo el Nº antiguo AH15-M-2008-000087de la nomenclatura interna del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y nomenclatura interna de este Tribunal Nº 01004-16.,, que por auto de esta misma fecha se ordenó notificarle mediante el presente Cartel, de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 26 de julio de 2016, mediante la cual se declaró: PRIMERO: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha 12 de diciembre de 2008, mediante el cual se admitió la demanda que dio origen a este proceso, el cual debe ejecutarse como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena NOTIFICAR a las partes de la presente decisión. Se les advierte que una vez conste en autos la última de la notificación ordenada y la nota de la Secretaria que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificado. Todo de conformidad con lo previsto con los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE
Dirección del Tribunal: Avenida Este 2, con Sur 25, piso 12 Edificio José Vargas, Los Caobos, Municipio Libertador del Distrito Capital, Área Metropolitana de Caracas,
Teléfono: 5762223.
MMC/ADR/04.-
ASUNTO: 01004-16
ASUNTO ANTIGUO: AH15-M-2008-000087
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 10 de Mayo de 2017
206º y 158º
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana REYNA ELIZABETH SEQUERA, venezolana, mayor de edad, abogada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.577.522, e inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 28.301, actuando como endosataria en procuración, parte actora, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN LETRA DE CAMBIO) incoara en contra la los ciudadanos MARÍA NELY ABREU DE AAGAARD y ALFREDO AAGAARD SALAZAR, venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-5.223.950 y V.-3.182.309; respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Caracas, este último en su carácter de avalista, parte demandada., en el expediente signado AH15-M-2008-000087 de la nomenclatura interna del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y nomenclatura interna de este Tribunal Nº 01004-16., que por auto de esta misma fecha se ordenó notificarle mediante la presente Boleta, de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 26 de julio de 2016, que por auto de esta misma fecha se ordenó notificarle mediante el presente Cartel, de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 26 de julio de 2016, mediante la cual se declaró: PRIMERO: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha 12 de diciembre de 2008, mediante el cual se admitió la demanda que dio origen a este proceso, el cual debe ejecutarse como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena NOTIFICAR a las partes de la presente decisión. Se les advierte que una vez conste en autos la última de la notificación ordenada y la nota de la Secretaria que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificado. Todo de conformidad con lo previsto con los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE
Dirección del Tribunal: Avenida Este 2, con Sur 25, piso 12 Edificio José Vargas, Los Caobos, Municipio Libertador del Distrito Capital, Área Metropolitana de Caracas,
Teléfono: 5762223.
MMC/ADR/04.-
ASUNTO: 01004-16
ASUNTO ANTIGUO: AH15-M-2008-000087.
En el día de hoy, quien suscribe ARELYS DEPABLOS ROJAS, Secretaria Titular del Juzgado Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Dejo expresa constancia que se fijaron los presentes Carteles de Notificación de sentencia, librados a la parte demandada y a la parte actora en la Cartelera de este Tribunal. Asimismo, se deja constancia que se han cumplido las formalidades previstas en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, con relación a la Notificación de las partes. Caracas, 10 de Mayo de 2017. Años: 206º y 158º.
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABLOS ROJAS
MMC/ADR/04.-
ASUNTO: 01004-16
ASUNTO ANTIGUO: AH15-M-2008-000087.