ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-000613
PARTE ACTORA: ALGENIS ANTONIO FAJARDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NJOSE GROGORIO FAJARDO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ZARMAJO C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOAN GONZALEZ y EDUARDO MORALES
MOTIVO: DIFERNCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 22 de Noviembre de 2017 siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano ALGENIS ANTONIO FAJARDO, titular de la cédula de identidad número 5.909.906 conjuntamente con su apoderado judicial, abogado en ejercicio JOSE FAJARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 95.909 y por la parte demandada, sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio EDUARDO MORALES Y JOAN GONZALEZ, insitos en el Inpreabogado bajo los números 19.781 y 141.575 respectivamente; dándose inicio a la audiencia. En este estado, las partes han celebrado un acuerdo transaccional , el cual consignan en este acto constante de tres (3) folios útiles (los primeros 2 con sus vueltos transcritos). Ahora bien, este Tribunal de un revisión minuciosa del escrito en referencia, observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area metropolitana de Caracas, HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman:


El Juez

Abg. Neyiree Toledo


Parte Actora


Parte Demandada


La Secretaria