REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-001793
PARTE ACTORA: ESTIVEN CRUZ MUNDARAY CORONADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NOLAN FAJARDO, JESUS BERNAL, VIRGINIA PEREIRA ZAMORA, NILDA ESTHER ESCALONA DE DAVID, HILSY MARÍA SILVA RONDÓN, ANGEL ROJAS, JOSE GROGORIO FAJARDO
PARTE DEMANDADA: EL KAISAR GASTRONOMIA MEDITERRANEA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDRES ELOY BIANCO LANDAETA y DOUGLAS JOSE RIVAS ORTEGA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

Hoy, 30 de Noviembre de 2017, a las 10:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, dándose inicio se deja constancia que comparecieron a la misma los abogados NOLAN FAJARDO, ELOY BIANCO LANDAETA y DOUGLAS JOSE RIVAS ORTEGA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 187.820, 54.308 y 59.901, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales parte actora y demandada, respectivamente, como se evidencia de autos, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Las partes, luego de evaluar sus posiciones, ceden en sus pretensiones, al revisarse los conceptos y montos demandados, determinándose que con la cantidad de Bs. 700.000,00 satisfacen las pretensiones de la parte actora, estableciendo que el pago se realizará por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo el martes 05 de diciembre de 2017. Asimismo, dichas partes manifiestan que nada quedan a deberse por la relación de trabajo que existió entre las partes. Visto que el acuerdo no vulnera los derechos irrenunciables, se homologa con fuerza de cosa juzgada, dándose por terminada la audiencia preliminar. Se entregan las pruebas promovidas por las partes.
La Juez
El Secretario

Abg. Milagros Jiménez
Abg. Carlos Moreno


Apoderado judicial de la parte actora


Apoderados judiciales de la parte demandada