REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 27-11-2017
207° y 158°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos ALIZ ROSAURA PEREZ ORDOÑEZ, AURA RAFAELA ORDOÑEZ DE PEREZ, JOHANA ROSALI PEREZ DE PEREZ, JOSE ANTONIO PEREZ GONZALEZ, KENNY ALEJANDRO PEREZ ORDOÑEZ y JOHANNYS JOSE PEREZ ESCOBAR venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad número V-10.697.749, V-5.308.690, V-12.295.843, V-6.979.496, V-17.966.029 y V-26.738.048, respectivamente, causahabientes del De Cujus JOSE COROMOTO PEREZ MENDOZA quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-4.083.242,, fallecido Ab-Intestato, en fecha 19 de Febrero de 2017, en la Parroquia Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda.
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-Así se decide.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. RENAN JOSE GONZALEZ.
LA SECRETARIA,
YENNY CARABALLO
AP31-S-2017-005316.
RJG/YC/Lawrence
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