ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-001179
PARTE ACTORA: FREMARIS JOSEFINA GOMEZ MENDOZA
PARTE DEMANDADA: CENTRO DE ESPECIALIDADES MÉDICAS MEDISOCIAL
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: MIGDALIA BAENA
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y OTRO CONCEPTO LABORALES
En el día hábil de hoy, lunes dieciséis (16) de octubre de dos mil diecisiete (2017), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; dejando constancia de la comparecencia a este acto de la abogada MIGDALIA BAENA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.580, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, CENTRO DE ESPECIALIDADES MEDICAS MEDISOCIAL, según se evidencia de instrumento poder que en original presenta en este acto ad efectum videndi, consignando copia simple del mismo, a los fines de su certificación por Secretaría e inserción al expediente. Se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadana FREMARIS JOSEFINA GÓMEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V- 10.634.822, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia vista la incomparecencia de la parte actora a la celebración de la Audiencia Preliminar, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No hay condenatoria en costas. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 158° y 207 °.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
NAKARY PÉREZ
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
NAKARY PÉREZ
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