ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-001506
PARTE ACTORA: SIERRA OSUNA MINERVA JOSEFINA y CARELY DEL VALLE LOPEZ HIDALGO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GABRIEL ESPINOZA
PARTE DEMANDADA: SPLENDOR MANTENIMIENTO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 24 de Octubre de 2017 siendo las 9:30 am día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas SIERRA OSUNA MINERVA JOSEFINA y CARELY DEL VALLE LOPEZ HIDALGO, titular de la cédula de identidad número 18.325.678 y 11.638.457 respectivamente conjuntamente con su apoderado judicial, abogado en ejercicio GABRIEL ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 157.117 y por la parte demandada, su apoderado judicial, abogado en ejercicio CARLOS CABEZA, inscrito en el Inprerabogado bajo el número 51.847 dándose inicio a la audiencia. En este estado, la parte demanda ofrece cancelar a cada una de las trabajadoras, la cantidad de Bs. 1.000.000,oo (cada una); monto éste que cubre los conceptos de Prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones sociales, utilidades, bono de alimentación, vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado. Asimismo, indica que el pago se realizará en pago único en fecha 1 de noviembre de 2017 por ante la URDD de este Circuito Judicial del Trabajo. En este estado, las trabajadoras analizada la oferta hecha por la entidad de trabajo, aceptan la misma en los términos expuestos. En este estado, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos previstos, por cuanto no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de las trabajadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia de la devolución de las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
El Juez
Abg. Neyiree Toledo
Parte Actora
Parte Demandada
La Secretaria
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